Penal - Rol O-1030-2018

C/

Abstracto

En Santiago, el 5 de noviembre de 2019, el Quinto Juzgado de Garantía dictó sentencia en el RIT 1030-2018 (RUC 1800273645-0), bajo procedimiento abreviado, contra Edith del Carmen Soto Morales. Se le encontró culpable del delito de receptación de vehículo motorizado, en grado de consumado. El 19 de marzo de 2018, Soto Morales fue sorprendida en posesión del vehículo Samsung SM3, PPU BGTV-12, propiedad de Ricardo Araya López. El vehículo había sido robado el 5 de noviembre de 2016 y mantenía encargo vigente. La acusada adulteró las placas patentes y carecía de documentación del vehículo, lo que demostraba su conocimiento del origen ilícito. Se le impuso una pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, multa de 1/3 UTM y la accesoria de suspensión de cargo u oficio público. Se le concedió la remisión condicional de la pena, sujeta a control administrativo y asistencia al Centro de Reinserción Social Santiago Norte. La pena de multa se consideró cumplida. Los intervinientes renunciaron a plazos y recursos.

Resumen

• Datos básicos del caso: * Tribunal: Quinto Juzgado de Garantía de Santiago. * RIT: 1030-2018. * RUC: 1800273645-0. * Fecha de la sentencia: 5 de noviembre de 2019. * Tipo de procedimiento: Procedimiento abreviado.

• Hechos acreditados: * El 19 de marzo de 2018, aproximadamente a las 19:00 horas, en calle Siberia a la altura del número 6898, comuna de Cerro Navia, Edith del Carmen Soto Morales fue sorprendida manteniendo en su poder el vehículo Samsung SM3, PPU BGTV-12, perteneciente a Ricardo Araya López. * El vehículo había sido sustraído el 5 de noviembre de 2016 en la comuna de Quinta Normal y mantenía encargo vigente de la 22ª Comisaría de Quinta Normal. * La acusada conocía o no podía menos que conocer el origen ilícito del vehículo, ya que portaba placas patentes adulteradas que correspondían a otro vehículo de similares características y no tenía documentos del automóvil.

• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Receptación de vehículo motorizado, en grado de consumado. * Pena: 541 días de presidio menor en su grado medio, una multa a beneficio fiscal de 1/3 unidad tributaria mensual y la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena.

• Beneficios/medidas accesori...

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