Penal - Rol O-2142-2019
MINISTERIO PUBLICO C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Quilpué. * RUC: 1900668221-1 * RIT: 2142-2019 * Fecha de la sentencia: 11 de noviembre de 2019. * Tipo de procedimiento: Simplificado.
• Hechos acreditados: * Fecha: 21 de junio de 2019, aproximadamente a las 20:25 horas. * Lugar: Mall de Quilpué, ubicado en calle Diego Portales N° 815, Quilpué. * Conductas: Alexis Mariano Díaz Ramírez (imputado) profirió amenazas contra Alejandro Allende Vergara, guardia de seguridad, gritándole "guardia culiao ven acá para pelearla" y posteriormente "te voy a matar bastardo culiao". Además, se le encontró un cuchillo tipo cortaplumas (9,5 cm de hoja y 11 cm de mango) en la pretina de su ropa interior, sin justificar su porte.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delitos imputados: Amenazas simples (artículo 296 N° 3 del Código Penal) y porte de arma cortante o punzante (artículo 288 Bis del Código Penal), ambos en grado de consumados. * Decisión: Absolución del imputado.
• Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: Alexis Mariano Díaz Ramírez. * Cédula de identidad: 20.688.932-2. * Domicilio: Calle Valentín Letelier Nº 1465, Quilpué. * Otros: No se especifica edad ni antecedentes penales en el resumen.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * No se mencionan en el resumen.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Solicitó la absolución, debido a que no presentó medios de prueba para acreditar la existencia del delito ni la participación del imputado en los hechos. * Defensa: Solicitó la absolución, argumentando que el Ministerio Público no pudo acreditar la existencia del delito ni la participación del imputado.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El tribunal basó su decisión en la falta de prueba para acreditar el sustrato fáctico y la participación del imputado en los hechos.
• Disposiciones legales determinantes: * Artículos del Código Penal: 296 N° 3 (Amenazas simples) y 288 Bis (Porte de arma cortante o punzante). * Artículos del Código Procesal Penal: 275 (no se usó convención probatoria), 326 (imputado guardó silencio). * Otros artículos mencionados: 1, 14 No. 1, 15 No. 1, 18, 21, 24, 25, 26, 28 del Código Penal; artículos 1, 2, 45, 46, 47, 295, 296, 297, 323, 325 a 338, 340, 342, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; * Artículo 468 del Código Procesal Penal: referido a la ejecución de la sentencia una vez ejecutoriada.
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * No se mencionan.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona en el resumen.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Quilpué. * RUC: 1900668221-1 * RIT: 2142-2019 * Fecha de la sentencia: 11 de noviembre de 2019. * Tipo de procedimiento: Simplificado.
• Hechos acreditados: * Fecha: 21 de junio de 2019, aproximadamente a las 20:25 horas. * Lugar: Mall de Quilpué, ubicado en . * Conductas: (imputado) profirió amenazas contra , guardia de seguridad, gritándole "guardia culiao ven acá para pelearla" y posteriormente "te voy a matar bastardo culiao". Además, se le encontró un cuchillo tipo cortaplumas (9,5 cm de hoja y 11 cm de mango) en la pretina de su ropa interior, sin justificar su porte.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delitos imputados: Amenazas simples (artículo 296 N° 3 del Código Penal) y porte de arma cortante o punzante (artículo 288 Bis del Código Penal), ambos en grado de consumados. * Decisión: Absolución del imputado.
• Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Cédula de identidad: . * Domicilio: . * Otros: No se especifica edad ni antecedentes penales en el resumen.
• **Atenuantes/agravantes consideradas y...
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