Penal - Rol O-1966-2019

MP C/

Abstracto

Este documento resume un caso judicial del Juzgado de Garantía de Lautaro, RUC 1901303498-5, RIT 1966-2019, de fecha 9 de enero de 2020, sobre procedimiento simplificado. Los hechos acreditados ocurrieron el 2 de diciembre de 2019, donde Leonardo Andrés Arriagada Rivas amenazó de muerte a Daniela González González y su familia en su domicilio, ubicado en San Miguel N° 261, Lautaro, con un arma blanca. El delito fue calificado como amenazas no condicionales (Art. 296 N°3 CP), resultando en una pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, más accesoria de suspensión de cargos. Se sustituyó la pena por 79 horas de prestación de servicios en beneficio de la comunidad y se eximió el pago de costas. El imputado, Leonardo Andrés Arriagada Rivas, con RUT 18.181.866-2 y domicilio en Calle Edmundo Rodríguez Nº 561, Lautaro, vio su pena sustituida. Se presume que el reconocimiento de responsabilidad influyó en la eximición de costas. El tribunal declaró la culpabilidad basándose en los hechos y la ley. Se aplicaron disposiciones del Código Penal (Art. 296 N°3, Arts. 1, 3, 5, 14, 15 Nº1, 30, 50, 67 y ss., 496 Nº3) y del Código Procesal Penal (Arts. 388 y ss.), así como de la Ley 18.216 (Art. 10 y ss.). Se impuso la condición de presentarse a Gendarmería y se emitió orden de detención en caso de incumplimiento.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Lautaro. * RUC: 1901303498-5 * RIT: 1966-2019 * Fecha: 9 de enero de 2020. * Tipo de procedimiento: Simplificado.

Hechos acreditados: * Fecha: 2 de diciembre de 2019, alrededor de las 21:30. * Lugar: Domicilio de , , Lautaro. * Conducta: se presentó en el domicilio de la víctima portando un arma blanca y amenazó de muerte a y a su grupo familiar, diciendo "maraca concha de su madre hoy los vengo a matar a todos". Posteriormente se retiró del lugar y fue detenido por Carabineros.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Amenazas no condicionales, previsto y sancionado en el artículo 296 N°3 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado. * Pena: 61 días de presidio menor en su grado mínimo, más la accesoria de suspensión de cargos u oficios públicos por el tiempo que dure la condena.

Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad por la pena de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, por un total de 79 horas, descontando el día que estuvo privado de libertad. * Eximición del pago...

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