Penal - Rol O-264-2019
C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto. * RUC: 1900391042-6. * RIT: 264-2019. * Fecha: 7 de enero de 2020. * Tipo de procedimiento: Juicio Oral.
• Hechos acreditados: * El 10 de diciembre de 2018, tras interceptaciones telefónicas, se detectó que se reuniría con para recibir droga en el domicilio de este último, ubicado en . * llegó al domicilio con droga para entregar a por petición de . * salió del domicilio en un vehículo, siendo fiscalizado en Av. La Florida a la altura del N° 9314, La Florida, donde se encontraron 5 kilos 360 gramos de clorhidrato de cocaína. * En el domicilio de se encontraron 11 gramos de clorhidrato de cocaína, 70 gramos de cannabis sativa. * En el domicilio de , , se encontró un bolso con 8 kilos 760 gramos de clorhidrato de cocaína, 19 kilos 500 gramos de clorhidrato de cocaína en un carro tipo feria, y 545 gramos de clorhidrato de cocaína y 18 gramos de cannabis sativa en una dependencia.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Tráfico ilícito de estupefacientes, según el artículo 3° en relación al artículo 1° de la Ley N°20.000. * : Condenado a 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo, multa de 40 UTM e inhabilitación absoluta perpetua para cargos públicos y derechos políticos, e inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena. * : Condenado a 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo, multa de 12 UTM e inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena.
• Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * A , se le concedió la libertad vigilada intensiva, con una duración de 3 años y 1 día, considerándose como abono el tiempo que estuvo privado de libertad.
• Antecedentes relevantes del imputado: * : Nacido el 28 de noviembre de 1978 (41 años), orfebre, con domicilio en . Antecedentes penales previos. * : Nacido el 10 de noviembre de 1966 (53 años), operador, soltero, con domicilio en . Sin antecedentes penales previos.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * : Se le aplicó la atenuante del artículo 11 N° 6 del Código Penal (colaboración sustancial con el esclarecimiento de los hechos). * : No se le reconoció atenuantes.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Argumentó que probaría los hechos de la acusación, centrados en la participación de , el acopio de droga por parte de y la posterior entrega a . * Defensa de : Solicitó la absolución, argumentando falta de pruebas que acreditaran la participación de su defendido, cuestionando la validez de las escuchas telefónicas y negando la posesión de la droga. * Defensa de : Destacó la colaboración de su representado con la investigación y solicitó la aplicación del artículo 22 de la Ley 20.000 (beneficio por colaboración).
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El tribunal se basó en los testimonios de los funcionarios policiales y peritos, así como en la evidencia documental, fotográfica y grabaciones de las comunicaciones interceptadas. * Determinó la participación de basándose en las interceptaciones telefónicas, la declaración de y el hallazgo de elementos que lo vinculaban con el domicilio de Puente Alto. * Consideró la colaboración de para reconocer la atenuante.
• Disposiciones legales determinantes: * Artículo 3°, en relación al artículo 1° de la Ley N°20.000 (tráfico ilícito de estupefacientes). * Artículos 7°, 15 N° 1 del Código Penal (autoría y participación). * Artículo 11 N° 6 del Código Penal (atenuante de colaboración). * Artículo 15 bis letra a) de la Ley 18.216 (libertad vigilada intensiva). * Artículo 31, 46 del Código Penal y artículo 47 del Código Procesal Penal (comiso y costas). * Artículo 17 de la Ley N° 19.970 (registro de huella genética). * Artículo 17 de la Ley 18.556, incorporado por la ley 20.568 (inscripción automática en el Servicio Electoral). * Artículos 67, 68 y 69 del Código Penal (determinación de las penas).
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * : Debe cumplir con el programa de actividades e intervención del Delegado de Gendarmería, por el mismo lapso de la pena sustituida y de conformidad con el plan de intervención individual. Sujeto a las condiciones de los artículos 17, 17 ter letra d) y 17 quater de la Ley 18.216. El incumplimiento conlleva la aplicación del artículo 25 y siguientes de la misma ley.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto. * RUC: 1900391042-6. * RIT: 264-2019. * Fecha: 7 de enero de 2020. * Tipo de procedimiento: Juicio Oral.
• Hechos acreditados: * El 10 de diciembre de 2018, tras interceptaciones telefónicas, se detectó que Félix León Valenzuela se reuniría con Julio César Poblete Sandoval para recibir droga en el domicilio de este último, ubicado en calle Las Nieves N° 2590, casa 69, Puente Alto. * Víctor Alfonsi Jiménez llegó al domicilio con droga para entregar a León Valenzuela por petición de Poblete Sandoval. * León Valenzuela salió del domicilio en un vehículo, siendo fiscalizado en Av. La Florida a la altura del N° 9314, La Florida, donde se encontraron 5 kilos 360 gramos de clorhidrato de cocaína. * En el domicilio de Poblete Sandoval se encontraron 11 gramos de clorhidrato de cocaína, 70 gramos de cannabis sativa. * En el domicilio de Alfonsi Jiménez, Pasaje Samurái n° 1310, Villa Tokio, La Florida, se encontró un bolso con 8 kilos 760 gramos de clorhidrato de cocaína, 19 kilos 500 gramos de clorhidrato de cocaína en un carro tipo feria, y 545 gramos de clorhidrato de cocaína y 18 gramos de cannabis sativa en una dependencia.
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