Penal - Rol O-922-2019
FISCALIA POZO ALMONTE C/
Abstracto
El presente resumen corresponde a un caso judicial chileno donde se juzga a Wilma Mamani Huallpa por el delito de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, específicamente cocaína base. Los hechos ocurrieron el 28 de junio de 2019, cuando Carabineros fiscalizaron un bus en la ruta 5 Norte, encontrando a la acusada transportando 1120 gramos de cocaína base distribuidos en ovoides adosados a su cuerpo. La acusada confesó haber aceptado transportar la droga desde Bolivia a Chile por motivos económicos. El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique la condenó a tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, multa y accesorias legales. Sin embargo, se le concedió la suspensión condicional de la pena, sustituyéndola por libertad vigilada intensiva, considerando atenuantes como su irreprochable conducta anterior y su colaboración sustancial con la justicia. La defensa argumentó estas atenuantes para solicitar la pena sustitutiva, mientras que la fiscalía buscaba una pena mayor. El tribunal basó su decisión en diversas pruebas y consideró los antecedentes personales de la imputada para otorgar el beneficio de la libertad vigilada. Se detallan las disposiciones legales aplicables y las condiciones de la libertad vigilada, así como las consecuencias de su incumplimiento.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique. * RUC: 1900692054-6 * RIT: 922-2019 * Fecha: 17 de enero de 2020 * Tipo de procedimiento: Juicio oral
• Hechos acreditados: * El 28 de junio de 2019, aproximadamente a las 5:00 horas, en la ruta 5 Norte, kilómetro 1839, comuna de Huara, Carabineros fiscalizaron un bus de la empresa Pullman García. * Durante la fiscalización, un perro adiestrado marcó a en el asiento 18 del bus. * Al ser revisada, se descubrió que transportaba 100 ovoides adosados a su cuerpo, los cuales contenían cocaína base. * El peso neto de la cocaína base fue de 1120 gramos, con una pureza del 17%. * declaró que aceptó transportar la droga desde Oruro (Bolivia) a Antofagasta a cambio de dinero debido a necesidades económicas, por la enfermedad de su padre.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas (artículos 3° y 1° de la Ley 20.000), en grado de consumado. * Autoría: Directa e inmediata (artículo 15 Nº 1 del Código Penal). * Pena: Tres años y un día de presidio menor en su grado máxim...
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