Penal - Rol O-495-2018

C/

Abstracto

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Letras y Garantía de Quirihue. * RUC: 1800197454-4. * RIT: 495-2018. * Fecha de la sentencia: 4 de marzo de 2020. * Tipo de procedimiento: Juicio oral simplificado.

Hechos acreditados: * Fecha: 24 de febrero de 2018, aproximadamente a las 04:20 horas. * Lugar: Ruta 126, Km. 93, Sector La Raya, comuna de Quirihue. * Conducta: conducía un camión en estado de ebriedad, perdiendo el control y chocando contra un paredón de tierra. El imputado quedó atrapado en el vehículo. * Alcoholemia: El examen arrojó 1,17 gramos por mil de alcohol en la sangre.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Conducción en estado de ebriedad, tipificado en el artículo 196 inciso primero en relación al artículo 110 inciso segundo de la Ley 18.290. * Pena: 150 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 3 Unidades Tributarias Mensuales, suspensión de licencia de conducir por dos años.

Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Pena sustitutiva: Reclusión parcial domiciliaria nocturna, consistente en encierro en su domicilio entre las 22:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente. * Condiciones de la multa: Pago en cuotas mensuales iguales y sucesivas de una unidad tributaria mensual cada una, con vencimiento los últimos cinco días de cada mes, a partir de marzo de 2020.

Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Cédula de identidad: . * Domicilio: . * Antecedentes: Se menciona que el imputado tiene condenas anteriores, pero no se especifica el número ni la naturaleza de estas. Se constata que tiene antecedentes laborales y familiares.

Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * No se mencionan atenuantes ni agravantes.

Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: El Ministerio Público argumentó que se acreditó la conducción en estado de ebriedad mediante testimonios (carabinero y médico), el informe de alcoholemia y el parte de atención de urgencia. Se cumplió con la promesa de acreditar los hechos tal como fueron requeridos. * Defensa: La defensa solicitó la absolución, argumentando que la prueba pericial (alcoholemia) fue obtenida con infracción de garantías, debido a que no hubo consentimiento válido del imputado. Además, se alegó que el imputado estaba en estado de conmoción y no estaba en pleno uso de sus facultades al momento de la prueba.

Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El tribunal consideró que la prueba pericial (alcoholemia) fue obtenida sin vulneración de garantías. * El tribunal estimó que los testigos (carabinero y médico) fueron contestes y precisos en sus testimonios, estableciendo la conducción en estado de ebriedad. * El tribunal se basó en el informe de alcoholemia y el parte de atención de urgencia para acreditar los hechos. * El tribunal consideró que no es necesario el consentimiento del imputado para la toma de la alcoholemia, según el artículo 183 de la Ley de Tránsito.

Disposiciones legales determinantes: * Artículo 196 de la Ley 18.290 (Ley de Tránsito): Sanciona la conducción en estado de ebriedad. * Artículo 110 de la Ley 18.290 (Ley de Tránsito): Establece la prohibición de conducir en estado de ebriedad. * Artículo 67 del Código Penal: Permite al tribunal recorrer toda la extensión de la pena cuando no hay atenuantes ni agravantes. * Artículo 8 de la Ley 18.216: Establece los requisitos para la aplicación de penas sustitutivas. * Artículo 183 de la Ley de Tránsito: Faculta a Carabineros para realizar pruebas de alcoholemia. * Artículo 197 de la Ley de Tránsito: No mencionado específicamente en el fallo, pero relevante para la discusión de la defensa sobre la necesidad de autorización judicial. * Artículo 338 inciso final del Código Procesal Penal: Establece que el acusado puede hacer uso de su derecho a guardar silencio. * Artículo 36 de la Ley 18.216: Determina la incompetencia del tribunal para el control de la ejecución de la pena sustitutiva.

Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * Suspensión de la licencia de conducir por dos años. El imputado debe hacer entrega de la licencia al tribunal dentro de los cinco días siguientes a la ejecutoria de la sentencia. * Reclusión parcial domiciliaria nocturna: El tribunal no establece condiciones de incumplimiento.

Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Letras y Garantía de Quirihue. * RUC: 1800197454-4. * RIT: 495-2018. * Fecha de la sentencia: 4 de marzo de 2020. * Tipo de procedimiento: Juicio oral simplificado.

Hechos acreditados: * Fecha: 24 de febrero de 2018, aproximadamente a las 04:20 horas. * Lugar: Ruta 126, Km. 93, Sector La Raya, comuna de Quirihue. * Conducta: conducía un camión en estado de ebriedad, perdiendo el control y chocando contra un paredón de tierra. El imputado quedó atrapado en el vehículo. * Alcoholemia: El examen arrojó 1,17 gramos por mil de alcohol en la sangre.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Conducción en estado de ebriedad, tipificado en el artículo 196 inciso primero en relación al artículo 110 inciso segundo de la Ley 18.290. * Pena: 150 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 3 Unidades Tributarias Mensuales, suspensión de licencia de conducir por dos años.

Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Pena sustitutiva: Reclusión parcial domiciliaria nocturna, consistente en encierro en su domicilio entre las 22:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente. * Condiciones de la multa: Pago en cuotas men...

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