Penal - Rol O-3764-2019
MP C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Temuco. * RIT: 3764-2019. * RUC: 1900432121-1. * Fecha: 14 de julio de 2020. * Tipo de procedimiento: Procedimiento abreviado.
• Hechos acreditados: * El 23 de abril de 2019, alrededor de las 02:05 horas, E.M.S.S. caminaba por calle Miraflores de Temuco. * la abordó por la espalda en la intersección de calle Aldunatre. * rodeó el cuello de la víctima con su brazo, amenazándola y golpeándola en la cara. * sustrajo la cartera de la víctima. * fue detenido por Carabineros portando la especie sustraída en las inmediaciones del lugar.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Robo con intimidación, previsto en el artículo 436 inciso primero del Código Penal, en relación con el artículo 432 del mismo cuerpo legal. * Pena: Tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, con accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena.
• Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Sustitución de la pena privativa de libertad por libertad vigilada intensiva. * Condiciones impuestas en la libertad vigilada: * Residir en Temuco y someterse a la vigilancia y orientación de un delegado. * Ejercer una profesión, oficio, empleo, arte, industria o comercio, si no tiene medios de subsistencia. * Prohibición de aproximarse a E.M.S.S. y de comunicarse con ella.
• Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Fecha de nacimiento: 27 de agosto de 2000. * Edad: 19 años al momento de la sentencia. * Ocupación: Barbero. * Domicilio: . * Antecedentes penales: Irreprochable conducta anterior (sin antecedentes penales previos).
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuantes: * Irreprochable conducta anterior (artículo 11 N° 6 del Código Penal). * Colaboración sustancial en el esclarecimiento de los hechos. * Agravantes: No se consideraron agravantes.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Acusó por robo con intimidación, reconociendo dos atenuantes y solicitando una pena menor en la audiencia de preparación de juicio oral. * Defensa: Solicitó la sustitución de la pena privativa de libertad por libertad vigilada, argumentando arraigo familiar, social y laboral, y el arrepentimiento del acusado.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * Concordancia de los hechos con las declaraciones de testigos y fotografías. * Concurrencia de dos atenuantes y ninguna agravante. * El tribunal aplicó la pena solicitada por la fiscalía, acorde al artículo 407 del Código Procesal Penal. * Se concedió la libertad vigilada intensiva por reunir el acusado las exigencias de la ley N° 18.216.
• Disposiciones legales determinantes: * Artículo 436 inciso primero del Código Penal (robo con intimidación). * Artículo 432 del Código Penal. * Artículo 11 N° 6 del Código Penal (atenuante de irreprochable conducta anterior). * Artículo 407 del Código Procesal Penal. * Ley N° 18.216 (sobre libertad vigilada).
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * No se especifica suspensión en el documento, pero se imponen condiciones para la libertad vigilada intensiva. * En caso de revocación de la libertad vigilada, se abonarán 448 días de reclusión domiciliaria.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos en el documento.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Temuco. * RIT: 3764-2019. * RUC: 1900432121-1. * Fecha: 14 de julio de 2020. * Tipo de procedimiento: Procedimiento abreviado.
• Hechos acreditados: * El 23 de abril de 2019, alrededor de las 02:05 horas, E.M.S.S. caminaba por calle Miraflores de Temuco. * la abordó por la espalda en la intersección de calle Aldunatre. * rodeó el cuello de la víctima con su brazo, amenazándola y golpeándola en la cara. * sustrajo la cartera de la víctima. * fue detenido por Carabineros portando la especie sustraída en las inmediaciones del lugar.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Robo con intimidación, previsto en el artículo 436 inciso primero del Código Penal, en relación con el artículo 432 del mismo cuerpo legal. * Pena: Tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, con accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena.
• Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Sustitución de la pena privativa de libertad por libertad vigila...
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