Penal - Rol O-63-2020

FISCALIA C/

Abstracto

En el presente caso, la Fiscalía acusó a Carlos Felipe Araya Rivera por el delito de tráfico ilícito de estupefacientes, ocurrido el 15 de diciembre de 2019 en Calama. Durante un registro en su domicilio, se encontraron diversas cantidades de marihuana y pasta base de cocaína, además de un chaleco antibalas. La pena solicitada por la fiscalía era de 7 años y 6 meses de presidio. La defensa reconoció los hechos y solicitó la aplicación de atenuantes, incluyendo colaboración sustancial y conducta anterior irreprochable, argumentando que la condena previa como menor de edad no debía ser considerada. El tribunal acreditó el delito y reconoció ambas atenuantes. Sin embargo, denegó la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva por considerarla insuficiente. La pena impuesta fue de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo, más una multa de 10 UTM, con la posibilidad de pago en cuotas. Se consideraron el artículo 3° y 1° de la Ley 20.000, el artículo 11 N° 9 y N° 6 del Código Penal, y el artículo 15 bis de la Ley 18.216.

Resumen

Datos básicos del caso:

  • Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama.
  • RIT: 63-2020.
  • RUC: 1901354696-K.
  • Fecha: 13 de julio de 2020.
  • Tipo de procedimiento: Juicio oral por tráfico ilícito de estupefacientes.

Hechos acreditados:

  • El 15 de diciembre de 2019, en Calama, se realizó una orden de entrada y registro en el domicilio de ().
  • En el registro se encontraron las siguientes drogas:
    • 2,28 gramos de marihuana.
    • 48,90 gramos de pasta base de cocaína.
    • 184,91 gramos de pasta base de cocaína.
    • 54,96 gramos de pasta base de cocaína (en 15 envoltorios).
  • En el patio del inmueble se incautaron 182,34 gramos de marihuana y un chaleco antibalas.
  • fue detenido.

Calificación jurídica y pena impuesta:

  • Delito: Tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, según el artículo 3° en relación con el artículo 1° de la Ley 20.000, en grado de consumado.
  • Pena: 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo, más una multa de 10 unidades tributarias mensuales.

Beneficios/medidas accesorias otorgadas:

  • Se autoriza al condenado a pagar la multa en 10 cuotas mensuales de 1 UTM cada una.
  • Inhab...

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