Penal - Rol O-752-2020

MP C/

Abstracto

En la presente causa, se revisa la prisión preventiva y se lleva a cabo un procedimiento abreviado en contra de Anthony Fernando Aránguiz Guzmán por los delitos de robo con intimidación y receptación de vehículo motorizado. Los hechos ocurrieron el 26 de febrero de 2020 en Requinoa, donde Aránguiz Guzmán y César Antonio Gatica Alonso intimidaron a un conductor de BAT CHILE S.A. con un arma de fuego, sustrayendo cajas de cigarrillos avaluadas en $40.000.000. Fueron detenidos posteriormente por Carabineros, recuperándose las especies y un arma de fuego. Aránguiz Guzmán fue condenado a 5 años de presidio menor en su grado máximo, pena que fue sustituida por libertad vigilada intensiva. Se le abonó el tiempo de privación de libertad y se le eximió de costas. La sentencia quedó firme y ejecutoriada, fijándose una audiencia para el 24 de septiembre de 2020 para la aprobación del plan de intervención individual.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Rengo. * RUC: 2000222389-K. * RIT: 752-2020. * Fecha de la audiencia: 14 de julio de 2020. * Tipo de procedimiento: Revisión de prisión preventiva, seguido de procedimiento abreviado. * Delito: Porte de arma prohibida (inicialmente), luego robo con intimidación y receptación.

Hechos acreditados: * El 26 de febrero de 2020, aproximadamente a las 11:05 horas, la víctima I.O.S.V. fue interceptada mientras conducía un vehículo de la empresa BAT CHILE S.A. en Requinoa. * y , a bordo de un vehículo Hyundai blanco con encargo por robo, intimidaron a la víctima con un arma de fuego. * Los imputados sustrajeron cajas de cigarrillos, con un avalúo aproximado de $40.000.000, tras lo cual amenazaron a la víctima. * Los imputados huyeron del lugar, siendo detenidos por Carabineros y recuperándose las cajas de cigarrillos y una pistola.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Condena: fue condenado como autor de robo con intimidación (artículo 436 del Código Penal) y receptación de vehículo motorizado (artículo 456 Bis A del Código Penal). * Pena: 5 años de presidio ...

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