Penal - Rol O-818-2020
C/
Abstracto
Este documento resume un caso judicial en el Juzgado de Letras y Garantía de Pozo Almonte, con RIT 818-2020 y RUC 2000366356-7. La sentencia, del 13 de julio de 2020, corresponde a un Procedimiento Monitorio. Los hechos acreditados detallan la fiscalización de un vehículo el 6 de abril de 2020, donde los ocupantes, identificados como José Yujra Ríos, Juan Vega Ticuna y Osvaldo Flores Lutino, fueron detenidos por no portar salvoconductos y transgredir las medidas de aislamiento social establecidas por la Resolución Exenta 202/2020 del Ministerio de Salud. Se les condenó como autores del delito consumado del artículo 318 del Código Penal, imponiéndose una multa de 6 UTM. Se ofrecieron beneficios de reducción de la multa por pago anticipado y la posibilidad de solicitar penas sustitutivas (prestación de servicios o reclusión) en caso de imposibilidad de pago. No se especificaron antecedentes penales ni la edad de los imputados, aunque se menciona su nacionalidad y domicilio. Se consideró la atenuante del artículo 11 N°6 del Código Penal para Osvaldo Adolfo Flores Lutino y Juan Leonardo Vega Ticuna. Los argumentos de la fiscalía y defensa, así como los fundamentos del tribunal, se remiten al registro de audio de la audiencia. Se mencionan disposiciones legales clave como el artículo 318 del Código Penal y artículos del Código Procesal Penal. Se establece un plazo de quince días para reclamar la sentencia, con consecuencias de ejecución si no se ejerce dicho derecho.
Resumen
• Datos básicos del caso
- Tribunal: Juzgado de Letras y Garantía de Pozo Almonte.
- RIT: 818-2020.
- RUC: 2000366356-7.
- Fecha de la sentencia: 13 de julio de 2020.
- Tipo de procedimiento: Procedimiento Monitorio.
• Hechos acreditados
- El 6 de abril de 2020, a las 22:50 horas, personal de Carabineros fiscalizó el vehículo placa patente única BZ.GD-88 en el sector Matilla de la comuna de Pica. El vehículo era conducido por , acompañado por y .
- Los individuos no mantenían el salvoconducto necesario para transitar en la vía pública.
- Fueron detenidos por infringir las medidas de aislamiento o cuarentena establecidas por la Resolución Exenta 202/2020 del Ministerio de Salud, que obligaba a permanecer en el domicilio habitual entre las 22:00 y las 05:00 horas.
• Calificación jurídica y pena impuesta
- Se condena a , y como autores del delito consumado del artículo 318 del Código Penal.
- La pena impuesta es una pena pecuniaria, consistente en una multa a beneficio fiscal de 6 Unidades Tributarias Mensuales (UTM).
• Beneficios/medidas accesorias otorgadas
- Si el sentenciado paga la multa dentro de los 15 días siguientes a ...
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