Penal - Rol O-3841-2020

C/

Abstracto

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Letras y Garantía de Alto Hospicio. * RUC: 2000828371-1. * RIT: 3841-2020. * Fecha de la audiencia: 14 de agosto de 2020. * Tipo de procedimiento: Monitorio. * Delito: Infringir normas higiénicas y de salubridad.

Hechos acreditados: * Fecha: 13 de agosto de 2020, aproximadamente a las 09:40 horas. * Lugar: Intersección de calle Loreto Pineda con calle Gabriela Mistral, comuna de Alto Hospicio. * Conducta: Los imputados , y fueron sorprendidos transitando sin salvoconducto ni autorización, incumpliendo las restricciones establecidas por el estado de catástrofe y decretos asociados, en la vía pública.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Infringir normas higiénicas y de salubridad, según el artículo 318 del Código Penal. * Imputados: * y : Condenados a una multa de 6 Unidades Tributarias Mensuales. * : Condenado a una multa de 1/3 de Unidad Tributaria Mensual.

Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Suspensión de la pena: Se decreta la suspensión de la pena para y por seis meses, contados desde la ejecutoria de la sentencia. Durante ese plazo no deben pagar la multa y, si no incurren en nuevas faltas, se sobreseerá la causa. * Respecto a : la multa fue cumplida por el día que permaneció privado de libertad.

Antecedentes relevantes del imputado: * y : No se especifica. * : No se especifica.

Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuante: Se reconoce la atenuante del artículo 11 N°6 del Código Penal (no especifica a quién).

Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * No se mencionan explícitamente.

Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * No se mencionan explícitamente.

Disposiciones legales determinantes: * Artículo 318 del Código Penal (Infracción de normas higiénicas y de salubridad). * Artículo 26 del Código Procesal Penal (Apercibimiento). * Artículo 11 N° 6 del Código Penal (Atenuantes). * Artículo 49 y siguientes del Código Penal (Prestación de servicios a la comunidad o días de reclusión). * Artículo 468 del Código Procesal Penal (Cumplimiento de sentencias).

Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * Para y : * Condición: No incurrir en nuevos requerimientos o formalizaciones durante el plazo de seis meses. * Consecuencia del incumplimiento: Se regulará lo pertinente al pago de la multa y descuento por pronto pago y cumplimiento al artículo 468 del Código Procesal Penal. * Para ambos imputados: * Pago de la multa: Se debe efectuar el pago en pesos, según el valor de la Unidad Tributaria Mensual vigente al día del pago, a través del formulario N° 10 en Tesorería General de la República. El comprobante debe ser presentado en el tribunal dentro de cinco días, bajo apercibimiento. * Incumplimiento de pago de la multa: Se aplicará la pena de reclusión, computándose un día por cada media Unidad Tributaria Mensual, sin exceder seis meses. Alternativamente, se aplicarán los apercibimientos del artículo 49 y siguientes del Código Penal, (prestación de servicios a la comunidad o días de reclusión a razón de un día por cada tercio de unidad tributaria mensual).

Información sobre recursos disponibles o presentados: * Posibilidad de: * Aceptar el requerimiento y la multa (sentencia ejecutoriada). * Reclamar contra el requerimiento y la sanción (juicio continúa en procedimiento simplificado, plazo de 15 días). * Pagar la multa dentro de los 15 días siguientes a la notificación (rebaja del 25%). * Las partes renuncian a los recursos y plazos legales, por lo que la sentencia queda firme y ejecutoriada.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Letras y Garantía de Alto Hospicio. * RUC: 2000828371-1. * RIT: 3841-2020. * Fecha de la audiencia: 14 de agosto de 2020. * Tipo de procedimiento: Monitorio. * Delito: Infringir normas higiénicas y de salubridad.

Hechos acreditados: * Fecha: 13 de agosto de 2020, aproximadamente a las 09:40 horas. * Lugar: Intersección de calle Loreto Pineda con calle Gabriela Mistral, comuna de Alto Hospicio. * Conducta: Los imputados , y fueron sorprendidos transitando sin salvoconducto ni autorización, incumpliendo las restricciones establecidas por el estado de catástrofe y decretos asociados, en la vía pública.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Infringir normas higiénicas y de salubridad, según el artículo 318 del Código Penal. * Imputados: * y : Condenados a una multa de 6 Unidades Tributarias Mensuales. * : Condenado a una multa de 1/3 de Unidad Tributaria Mensual.

Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Suspensión de la pena: Se decreta la suspensión de la pena para y por seis meses, c...

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