Penal - Rol O-489-2020
FISCALIA IQUIQUE C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Iquique. * RUC: 2000098964-K. * RIT: 489-2020. * Fecha de la audiencia: 11 de agosto de 2020. * Tipo de procedimiento: Procedimiento abreviado. * Delito: Tráfico ilícito de drogas.
• Hechos acreditados: * Fecha: 27 de enero de 2020, aproximadamente a las 00:00 horas. * Lugar: Avanzada aduanera del Río Loa, comuna de Iquique. * Conducta: Funcionarios de Aduanas fiscalizaron un bus de la empresa Evans y descubrieron que los acusados transportaban cocaína oculta bajo su ropa. Se incautaron paquetes con cocaína: 2.934 gramos, 2.843 gramos y 2.938 gramos respectivamente.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Tráfico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, artículo 3 y 1 de la Ley 20.000. * Participación: Autores. * Grado de ejecución: Consumado. * Pena: * 4 años de presidio menor en su grado máximo. * Expulsión del territorio nacional, con prohibición de reingreso por 10 años (Artículo 34 de la Ley 18.216). El plazo de 30 días para la expulsión se contará desde que cesen los impedimentos internacionales por la emergencia sanitaria. * Multa de 40 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), ya cumplida por el tiempo de privación de libertad. * Inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos. * Suspensión de cargo u oficio público por 4 años. * Registro genético.
• Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Se tiene por cumplida la multa con el tiempo que los condenados han permanecido privados de libertad. * Omisión de la anotación de la condena en los certificados de antecedentes, según artículo 38 de la Ley 18.216, modificado por la Ley N° 20.603.
• Antecedentes relevantes del imputado: * : Boliviano, 35 años, agricultor, sin domicilio en Chile, nacido el 20 de abril de 1984. Enseñanza secundaria. * : Boliviano, 26 años, costurero, sin domicilio en Chile, nacido el 6 de noviembre de 1993. Enseñanza secundaria. * : Boliviano, 35 años, albañil, sin domicilio en Chile, nacido el 18 de febrero de 1984. Enseñanza secundaria.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuantes: Artículo 11 N° 6 y artículo 11 N° 9 del Código Penal. * Agravantes: No se consideraron.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * No se detallan en el resumen proporcionado.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * No se detallan en el resumen proporcionado.
• Disposiciones legales determinantes: * Artículos 3 y 1 de la Ley 20.000 (tráfico de drogas). * Artículo 34 de la Ley 18.216 (expulsión de extranjeros). * Artículo 11 N° 6 y artículo 11 N° 9 del Código Penal (atenuantes). * Artículo 38 de la Ley 18.216, modificada por la Ley 20.603 (omisión de anotación en certificados de antecedentes). * Artículo 468 del Código Procesal Penal.
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * No aplica, ya que no se otorgó suspensión condicional de la pena.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Iquique. * RUC: 2000098964-K. * RIT: 489-2020. * Fecha de la audiencia: 11 de agosto de 2020. * Tipo de procedimiento: Procedimiento abreviado. * Delito: Tráfico ilícito de drogas.
• Hechos acreditados: * Fecha: 27 de enero de 2020, aproximadamente a las 00:00 horas. * Lugar: Avanzada aduanera del Río Loa, comuna de Iquique. * Conducta: Funcionarios de Aduanas fiscalizaron un bus de la empresa Evans y descubrieron que los acusados transportaban cocaína oculta bajo su ropa. Se incautaron paquetes con cocaína: 2.934 gramos, 2.843 gramos y 2.938 gramos respectivamente.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Tráfico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, artículo 3 y 1 de la Ley 20.000. * Participación: Autores. * Grado de ejecución: Consumado. * Pena: * 4 años de presidio menor en su grado máximo. * Expulsión del territorio nacional, con prohibición de reingreso por 10 años (Artículo 34 de la Ley 18.216). El plazo de 30 días para la expulsión se contará desde que cesen los impedimentos internacionales por la emergencia sanitaria. * Multa de 40 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), ya...
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