Penal - Rol O-728-2020
C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Letras y Garantía de Pozo Almonte. * RUC: 2000379574-9 * RIT: 728-2020 * Fecha: 12 de agosto de 2020. * Tipo de procedimiento: Monitorio (implícito, por la naturaleza de la sentencia).
• Hechos acreditados: * El 11 de abril de 2020, aproximadamente a las 23:55 horas, Carabineros fiscalizaron un vehículo en la Ruta A-665, kilómetro 27, del poblado de La Tirana, comuna de Pozo Almonte. * El vehículo era conducido por y acompañado por . * No poseían salvoconducto. * Fueron detenidos por infringir las medidas de aislamiento o cuarentena impuestas por el Ministerio de Salud, específicamente la resolución Nº 217/30.03.2020 y sucesivas resoluciones, que establecían toque de queda entre las 22:00 y las 05:00 horas.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * y fueron condenados como autores del delito consumado del artículo 318 del Código Penal. * Pena: Multa a beneficio fiscal de 1 Unidad Tributaria Mensual (UTM) para cada uno.
• Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Suspensión condicional de la pena por 6 meses, contados desde la ejecutoria de la sentencia. * Si se paga la multa dentro de los 15 días siguientes a la notificación, se reduce el monto a pagar al 75%. * Si no se tienen medios económicos para pagar la multa, se puede solicitar la prestación de servicios en beneficio de la comunidad, a razón de 8 horas por cada tercio de UTM. * Si no se solicita lo anterior, se reemplazará la multa por días de reclusión (un día por cada tercio de UTM).
• Antecedentes relevantes del imputado: * : Nacionalidad boliviana, cédula de identidad , domiciliado en . * : Nacionalidad boliviana, cédula de identidad , domiciliada en .
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Se menciona la aplicación del artículo 11 N°6 del Código Penal, pero no se detalla el fundamento de su aplicación.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * No se especifican en el resumen de la sentencia. El documento indica que los argumentos se encuentran en el registro de audio de la audiencia.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * No se especifican en el resumen de la sentencia. El documento indica que la fundamentación se encuentra en el registro de audio de la audiencia.
• Disposiciones legales determinantes (artículos específicos): * Artículo 318 del Código Penal (delito contra la salud pública por incumplimiento de medidas sanitarias). * Artículo 49 y siguientes del Código Penal (penas sustitutivas, específicamente la prestación de servicios). * Artículo 398 del Código Procesal Penal (suspensión condicional de la pena). * Artículo 11 N° 6 del Código Penal (circunstancias modificatorias).
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * La suspensión de la pena se extiende por 6 meses contados desde la ejecutoria de la sentencia. * Si durante ese plazo el imputado no es objeto de un nuevo requerimiento o formalización, se sobreseerá definitivamente la causa. * En caso contrario, se regulará lo pertinente al pago de la multa, considerando el descuento por pronto pago.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * El imputado puede reclamar del requerimiento y de la imposición de la multa dentro de los 15 días siguientes a la notificación de la sentencia, en cuyo caso se le citará a juicio. * Si no se reclama dentro de dicho plazo, se entenderá que se acepta y la sentencia quedará ejecutoriada.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Letras y Garantía de Pozo Almonte. * RUC: 2000379574-9 * RIT: 728-2020 * Fecha: 12 de agosto de 2020. * Tipo de procedimiento: Monitorio (implícito, por la naturaleza de la sentencia).
• Hechos acreditados: * El 11 de abril de 2020, aproximadamente a las 23:55 horas, Carabineros fiscalizaron un vehículo en la Ruta A-665, kilómetro 27, del poblado de La Tirana, comuna de Pozo Almonte. * El vehículo era conducido por y acompañado por . * No poseían salvoconducto. * Fueron detenidos por infringir las medidas de aislamiento o cuarentena impuestas por el Ministerio de Salud, específicamente la resolución Nº 217/30.03.2020 y sucesivas resoluciones, que establecían toque de queda entre las 22:00 y las 05:00 horas.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * y fueron condenados como autores del delito consumado del artículo 318 del Código Penal. * Pena: Multa a beneficio fiscal de 1 Unidad Tributaria Mensual (UTM) para cada uno.
• Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Suspensión condicional de la pena por 6 meses, contados desde la ejecutoria de la sentencia. * Si se paga la mul...
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