Penal - Rol O-1972-2020
FISCALIA POZO ALMONTE C/ ALEX FRANCISCO CONDORI LÁZARO
Abstracto
El presente resumen detalla un caso judicial monitorio ante el Juzgado de Letras y Garantía de Pozo Almonte, con RUC 2010049627-6 y RIT 1972-2020, cuya sentencia fue dictada el 19 de septiembre de 2020. Los hechos establecen que el 18 de septiembre de 2020, ALEX FRANCISCO CONDORI LÁZARO y BENJAMIN PAREDES MOYA fueron sorprendidos transitando en Pozo Almonte sin los permisos o salvoconductos necesarios durante el toque de queda o zona de cuarentena, lo que derivó en su detención. Ambos imputados, ALEX FRANCISCO CONDORI LÁZARO y BENJAMIN PAREDES MOYA, fueron declarados culpables del delito consumado del artículo 318 del Código Penal. La pena impuesta fue una multa de 1 Unidad Tributaria Mensual, a beneficio fiscal, la cual fue suspendida. La suspensión de la pena principal y sus efectos se otorgó por seis meses, amparada en el artículo 398 del Código Procesal Penal, considerando el estado de excepción constitucional, la pandemia y la situación económica. Se proporcionan antecedentes de los imputados: ALEX FRANCISCO CONDORI LÁZARO, con cédula de identidad N° 14.736.775-9, boliviano, domiciliado en Parcela Santa Emilia Nº s/n, comuna de Pozo Almonte; y BENJAMIN PAREDES MOYA, con DNI. 7300611, boliviano, domiciliado en Parcela Santa Emilia Nº s/n, comuna de Pozo Almonte. No se mencionan atenuantes ni agravantes específicas. El tribunal basó su decisión en el artículo 398 del Código Procesal Penal para suspender la pena, fundamentando en el estado de excepción, la pandemia y las dificultades económicas. Las disposiciones legales determinantes incluyen el artículo 318 del Código Penal, los artículos 49 y siguientes del Código Penal sobre penas sustitutivas, y el artículo 398 del Código Procesal Penal sobre suspensión condicional de la pena. En cuanto a las condiciones, se estableció que el pago de la multa dentro de 15 días conlleva una rebaja del 25%, mientras que el pago fuera de plazo implica abonar la totalidad. Ante la imposibilidad de pago, se puede solicitar la pena sustitutiva de prestación de servicios comunitarios. El incumplimiento de estas condiciones, o la no solicitud de la pena sustitutiva, podría resultar en la sustitución de la multa por días de reclusión y la orden de detención correspondiente. Finalmente, se informa que los imputados tienen un plazo de 15 días desde la notificación para reclamar del requerimiento y la multa, citándose a juicio; de no hacerlo, la sentencia quedará ejecutoriada.
Resumen
• Datos básicos del caso * Tribunal: Juzgado de Letras y Garantía de Pozo Almonte. * RUC: 2010049627-6 * RIT: 1972-2020 * Fecha de la sentencia: 19 de septiembre de 2020. * Tipo de procedimiento: Monitorio.
• Hechos acreditados * El 18 de septiembre de 2020, aproximadamente a las 22:40 horas, ALEX FRANCISCO CONDORI LÁZARO y BENJAMIN PAREDES MOYA fueron sorprendidos transitando por Enrique Montaño con calle Alianza de Pozo Almonte. * Fueron fiscalizados por personal policial. * No contaban con los permisos necesarios o salvoconductos para transitar en horario de toque de queda o en zona de cuarentena. * Fueron detenidos en el lugar.
• Calificación jurídica y pena impuesta * **ALEX FRANCISCO CONDORI...
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