Penal - Rol O-86-2020
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio. * RUC: 1900342113-1 * RIT: 86-2020 * Fecha: 9 de septiembre de 2020. * Tipo de procedimiento: Juicio oral por porte de arma de fuego y municiones.
• Hechos acreditados: * Fecha: 30 de marzo de 2019, aproximadamente a las 08:55 horas. * Lugar: Calle Juana Dip, comuna de San Antonio. * Conducta: fue sorprendido manteniendo en su poder, al interior del automóvil marca Nissan, modelo V-16, un rifle marca Remington calibre .22 (serie N° 2675638). Además, portaba 25 municiones calibre .22.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Porte ilegal de arma de fuego (artículo 9 en relación con el artículo 2 de la ley 17.798). * Pena: Tres años y un día de presidio menor en su grado máximo. * Accesorias: Inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos mientras dure la condena. * Se absolvió del delito de porte ilegal de municiones.
• Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: * Edad: 40 años. * Estado civil: Casado. * Domicilio: Juana Dip, Block uno, Dpto. 31, Llo-Lleo Alto, San Antonio. * Antecedentes penales: Sí, con condena anterior de 17 de febrero de 2015 por 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio, en causa Rit 152/2013.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuantes: No se consideró la atenuante de irreprochable conducta anterior debido a los antecedentes penales del acusado. * Agravantes: No se mencionan en el resumen. * Impacto: La pena se aplicó en el mínimo del grado por no concurrir modificatorias y por la menor extensión del mal causado.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Acreditación de los hechos y solicitud de condena por porte ilegal de arma de fuego y municiones, con penas máximas. * Defensa: Solicitud de absolución, alegando que no existían indicios para la fiscalización y cuestionando la validez del procedimiento policial.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * Se consideraron creíbles los testimonios de los funcionarios policiales, quienes relataron la dinámica de los hechos y el hallazgo del arma y municiones. * Se descartó la infracción al artículo 85 del Código Procesal Penal, al existir indicios suficientes para realizar el control de identidad. * Se desestimaron los testimonios de la defensa por considerarlos poco creíbles y tendientes a restar responsabilidad al acusado. * Se determinó que el acusado actuó como autor directo del delito. * Se aplicó el principio de consunción, subsumiendo el delito de porte de municiones en el de porte de arma de fuego.
• Disposiciones legales determinantes: * Artículo 9 y 2 de la Ley 17.798 (sobre control de armas): Definen el delito de porte ilegal de arma de fuego. * Artículo 15 Nº 1 del Código Penal: Establece la calidad de autor. * Artículo 17 de la Ley N° 17.798: Establece reglas especiales de determinación de pena. * Artículo 11 Nº6 del código penal: Establece la atenuante de irreprochable conducta anterior. * Artículo 31 del Código Penal: Define el comiso de especies utilizadas en el delito. * Artículo 23 de la Ley N° 17.798: Dispone la forma de disponer del arma y municiones. * Artículo 47 del Código Procesal Penal: Otorga la facultad de eximir del pago de costas.
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * No aplica, ya que se impuso pena de cumplimiento efectivo.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio. * RUC: 1900342113-1 * RIT: 86-2020 * Fecha: 9 de septiembre de 2020. * Tipo de procedimiento: Juicio oral por porte de arma de fuego y municiones.
• Hechos acreditados: * Fecha: 30 de marzo de 2019, aproximadamente a las 08:55 horas. * Lugar: Calle Juana Dip, comuna de San Antonio. * Conducta: fue sorprendido manteniendo en su poder, al interior del automóvil marca Nissan, modelo V-16, un rifle marca Remington calibre .22 (serie N° 2675638). Además, portaba 25 municiones calibre .22.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Porte ilegal de arma de fuego (artículo 9 en relación con el artículo 2 de la ley 17.798). * Pena: Tres años y un día de presidio menor en su grado máximo. * Accesorias: Inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos mientras dure la condena. * Se absolvió del delito de porte ilegal de municiones.
• Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: * Edad: 40 años. * Estado civil: Casado. * Domicilio: Juana Dip, Block uno, Dpto. 31, Llo-Lleo Alto, San An...
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