Penal - Rol N° O-954-2020
CARABINEROS DE CHILE C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Curacaví. * RIT: 954-2020. * RUC: 2000548509-7. * Fecha de sentencia: 28 de septiembre de 2020. * Tipo de procedimiento: Procedimiento Simplificado.
• Hechos acreditados: * El 29 de mayo de 2020, aproximadamente a las 22:55 horas, en Av. Francisco Costabal esquina calle Arturo Prat, comuna de María Pinto, personal policial realizó un control vehicular. * En el control se fiscalizó el automóvil Hyundai modelo Accent, placa patente FKHG.95, conducido por , quien iba acompañado de . * Ambos imputados no portaban salvoconductos para transitar durante el toque de queda.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Se condena a y como autores del delito contra la salud pública, previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal. * La pena impuesta es una multa de 1 Unidad Tributaria Mensual (UTM) para cada uno.
• Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Se suspende la pena impuesta por un período de seis meses, de acuerdo al artículo 398 del Código Procesal Penal. * Se exime a los sentenciados del pago de las costas de la causa.
• Antecedentes relevantes del imputado: * No se especifica edad, ocupación ni antecedentes penales.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuantes: Artículo 11 N° 9 del Código Penal, por colaboración en el procedimiento. Artículo 11 N° 6 del Código Penal, por no registrar anotaciones pretéritas (carecer de antecedentes penales). * Agravantes: No concurren.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * No se mencionan explícitamente los argumentos de la fiscalía ni de la defensa en el resumen proporcionado.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El tribunal acogió el requerimiento del Ministerio Público, considerando que los imputados cometieron el delito imputado. La decisión se basa en los hechos establecidos y la aplicación de las leyes pertinentes.
• Disposiciones legales determinantes: * Artículo 318 del Código Penal (delito contra la salud pública). * Artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 6, N° 9, 14 N° 1, 15 N°1, 18, 21, 25, 49, 67, 69, 70 del Código Penal. * Artículos 1, 8, 47, 295, 297, 340, 342, 388, 392, 395 y 398 del Código Procesal Penal.
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * La pena se suspende por seis meses. * Si al cabo de dicho período los sentenciados no son objeto de un nuevo requerimiento o formalización de la investigación, se dejará sin efecto esta resolución y se decretará el sobreseimiento definitivo de la causa. * Si dentro del plazo indicado los imputados fueran objeto de un nuevo requerimiento o formalización de la investigación, se deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal (no especificado en el documento).
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * Se deja constancia que los intervinientes renunciaron expresamente a los plazos, por lo cual la sentencia quedó firme y ejecutoriada. No se mencionan recursos presentados.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Curacaví. * RIT: 954-2020. * RUC: 2000548509-7. * Fecha de sentencia: 28 de septiembre de 2020. * Tipo de procedimiento: Procedimiento Simplificado.
• Hechos acreditados: * El 29 de mayo de 2020, aproximadamente a las 22:55 horas, en Av. Francisco Costabal esquina calle Arturo Prat, comuna de María Pinto, personal policial realizó un control vehicular. * En el control se fiscalizó el automóvil Hyundai modelo Accent, placa patente FKHG.95, conducido por , quien iba acompañado de . * Ambos imputados no portaban salvoconductos para transitar durante el toque de queda.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Se condena a y [Redact...
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