Penal - Rol O-101-2020
C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto. * RUC: 1801266558-6. * RIT: 101-2020. * Fecha de la sentencia: 6 de noviembre de 2017 (la fecha es errónea, el juicio y la sentencia se realizaron en 2020, según el documento). * Tipo de procedimiento: Juicio oral.
• Hechos acreditados: * Fecha: 23 de diciembre de 2018, alrededor de las 01:50 horas. * Lugar: Calle Reloj del Sol, frente a la numeración 3637, comuna de Puente Alto. * Conducta: fue sorprendido manteniendo en su poder una escopeta marca Hatsan, modelo Escort, calibre 12, sin las autorizaciones correspondientes, junto con 3 cartuchos calibre 12.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delitos: Tenencia ilegal de arma de fuego (artículo 9° en relación al artículo 2° letra b) de la ley 17.798) y Tenencia ilegal de municiones (artículo 9° en relación al artículo 2° letra c) de la ley 17.798), ambos en grado de desarrollo consumado. * Pena: Tres años y un día de presidio menor en su grado máximo. * Accesorias: Inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena.
• Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Cédula de identidad: . * Fecha de nacimiento: 7 de septiembre de 1989. * Edad: 31 años (al momento del juicio). * Estado civil: Soltero. * Ocupación: Pensionado por invalidez. * Domicilio: Pasaje Reloj del Sol, block 3637, departamento 23, Puente Alto. * Antecedentes penales: Condenas anteriores por robo con intimidación y otros delitos (según extracto de filiación).
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * No se consideraron atenuantes. * No se consideraron agravantes. * El tribunal determinó que, a pesar de la discapacidad visual del acusado, no había prueba suficiente para demostrar que esta le impidiera cometer el delito.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Acreditaría los hechos y la participación del acusado más allá de toda duda, presentando declaraciones de funcionarios policiales y pruebas materiales y periciales. * Defensa: Cuestionó la actuación policial, argumentando que la versión de los hechos era imprecisa, que el acusado era ciego y por tanto incapaz de disparar, y que existía un concurso aparente de leyes penales.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * La declaración de los funcionarios policiales fue consistente y objetiva. * Se acreditó que el arma era apta para el disparo y que había sido disparada. * Se desestimó la alegación de ceguera por falta de evidencia concluyente. * Se valoró negativamente la prueba testimonial de la defensa (vecinos y conocidos del acusado). * Se aplicó el principio de consunción, subsumiendo la tenencia ilegal de municiones en la tenencia ilegal del arma.
• Disposiciones legales determinantes (artículos específicos): * Artículo 9° y 2° letras b) y c) de la Ley 17.798 (Control de Armas). * Artículo 15 Nº 1 del Código Penal. * Artículos 29 y 30 del Código Penal (sobre penas accesorias). * Artículo 31 del Código Penal (sobre comiso).
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * No aplica, dado que la pena es efectiva.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto. * RUC: 1801266558-6. * RIT: 101-2020. * Fecha de la sentencia: 6 de noviembre de 2017 (la fecha es errónea, el juicio y la sentencia se realizaron en 2020, según el documento). * Tipo de procedimiento: Juicio oral.
• Hechos acreditados: * Fecha: 23 de diciembre de 2018, alrededor de las 01:50 horas. * Lugar: Calle Reloj del Sol, frente a la numeración 3637, comuna de Puente Alto. * Conducta: fue sorprendido manteniendo en su poder una escopeta marca Hatsan, modelo Escort, calibre 12, sin las autorizaciones correspondientes, junto con 3 cartuchos calibre 12.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delitos: Tenencia ilegal de arma de fuego (artículo 9° en relación al artículo 2° letra b) de la ley 17.798) y Tenencia ilegal de municiones (artículo 9° en relación al artículo 2° letra c) de la ley 17.798), ambos en grado de desarrollo consumado. * Pena: Tres años y un día de presidio menor en su grado máximo. * Accesorias: Inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena.
• **Antecedentes relevantes del...
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