Penal - Rol O-109-2020
MP C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Chillán * RIT: 109-2020 * Fecha: 11 de noviembre de 2020 * Tipo de procedimiento: Juicio Oral Penal
• Hechos acreditados: * El 10 de octubre de 2018, fue controlado por funcionarios de OS-7 de Carabineros en la intersección de calle Independencia con El Roble, Chillán, encontrando en su posesión 116,1 gramos de marihuana elaborada y $75.000 en efectivo. * En base a la declaración de un colaborador (artículo 22 de la Ley 20.000), se solicitó y obtuvo autorización para registrar el domicilio de en el sector Chacay Bajo, Ñiquén, donde se encontraba , su cónyuge. Allí se encontró: * Marihuana elaborada (850 gramos) en un frasco de vidrio y una bolsa. * Marihuana elaborada (7,5 gramos) en 13 bolsas pequeñas. * Una balanza digital. * 20 cartuchos calibre 12 marca Saga. * En una pieza arrendada por en calle Independencia N°868, Chillán (previa autorización judicial), se encontró: * Marihuana elaborada (579 gramos). * Marihuana elaborada (2,170 kg y 2,166 kg) en dos tubos de PVC. * Clorhidrato de cocaína (248 gramos) en 51 bolsas. * Dos balanzas digitales. * Un rollo de bolsas de nylon. * $630.000 en efectivo.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * : * Delito: Tráfico ilícito de drogas (artículo 3° en relación con el artículo 1° de la Ley 20.000), en grado de consumado. * Pena: 7 años de presidio mayor en su grado mínimo. * Multa: 24 UTM, con 12 cuotas para su pago. * Delito: Tenencia ilegal de municiones (artículo 9 en relación con el artículo 2 letra c) de la Ley 17.798), en grado de consumado. * Pena: 541 días de presidio menor en su grado medio. * Pena accesoria: Suspensión del cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. * Pena total: Deberá cumplir las penas en un centro penitenciario. * : * Delito: Tráfico ilícito de drogas (artículo 3° en relación con el artículo 1° de la Ley 20.000), en grado de consumado. * Pena: 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo. * Multa: 12 UTM, con 12 cuotas para su pago. * Pena sustitutiva: Libertad vigilada intensiva por el tiempo de la condena.
• Antecedentes relevantes del imputado: * : * Nacido el 12 de octubre de 1974 (46 años). * Preparador de caballos. * Casado. * Domicilio: Sector Chacay Bajo, Ñiquén. * Antecedentes penales: Sin anotaciones. * : * Nacida el 21 de marzo de 1975 (45 años). * Temporera. * Casada. * Domicilio: Sector Chacay Bajo, Ñiquén. * Antecedentes penales: Sin anotaciones.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuantes: * Irreprochable conducta anterior (artículo 11 N°6 del Código Penal) para ambos. * Colaboración sustancial en el esclarecimiento de los hechos (artículo 11 N°9 del Código Penal) para ambos respecto de la tenencia ilegal de municiones (para solo respecto a dicho delito, para no se consideró respecto al tráfico de drogas). * Agravantes: Ninguna.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Solicitó la condena de ambos imputados por los delitos de tráfico de drogas y tenencia ilegal de municiones, basándose en la prueba testimonial, pericial y documental. Argumentó que el control de identidad y los registros fueron legales. * Defensa: Alegó vulneración de garantías constitucionales, específicamente del debido proceso, argumentando que no se presentó al cooperador ni se permitió el contrainterrogatorio. Pidió la absolución de sus representados por prueba ilícita.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El control de identidad a fue legal (artículo 85 del Código Procesal Penal) ya que se basó en un indicio objetivo de la comisión de un delito. * La información del cooperador se usó como indicio, no como prueba, por lo que no fue necesario que declarara en el juicio. * La participación de en los delitos quedó establecida por las pruebas reunidas. * La participación de en el tráfico de drogas se estableció por su presencia en el domicilio y la existencia de elementos para la venta de drogas. * No se logró establecer la participación de en la tenencia ilegal de municiones, por lo que fue absuelta de este delito.
• Disposiciones legales determinantes (artículos específicos): * Ley 20.000 (Control de drogas) artículos 1, 3. * Ley 17.798 (Control de armas) artículo 9, 2 letra c. * Código Penal: artículos 7, 11 N°6 y N°9, 15 N°1, 28, 29, 31, 68, 69, 70. * Ley 18.216 (Establece sistema de penas sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad) artículos 15 y 15 bis. * Código Procesal Penal: artículos 45, 85, 295, 297, 340, 341, 342, 343, 344, 348.
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * (Libertad Vigilada Intensiva): * Residencia en un lugar determinado (que podrá ser propuesto, pero debe estar en una ciudad con delegado de libertad vigilada). * Sujeción a la vigilancia y orientación permanentes de un delegado. * Ejercicio de una profesión, industria o comercio (si carece de medios de subsistencia y no es estudiante). * Consecuencias del incumplimiento: Revocación de la libertad vigilada intensiva, debiendo cumplir la pena de presidio impuesta, con abono del tiempo en prisión preventiva y arresto domiciliario.
• Comiso: * $705.000 incautados a . * Dos balanzas digitales y 20 cartuchos marca Saga.
• Costas: No se condena en costas a los sentenciados.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Chillán * RIT: 109-2020 * Fecha: 11 de noviembre de 2020 * Tipo de procedimiento: Juicio Oral Penal
• Hechos acreditados: * El 10 de octubre de 2018, fue controlado por funcionarios de OS-7 de Carabineros en la intersección de calle Independencia con El Roble, Chillán, encontrando en su posesión 116,1 gramos de marihuana elaborada y $75.000 en efectivo. * En base a la declaración de un colaborador (artículo 22 de la Ley 20.000), se solicitó y obtuvo autorización para registrar el domicilio de en el sector Chacay Bajo, Ñiquén, donde se encontraba , su cónyuge. Allí se encontró: * Marihuana elaborada (850 gramos) en un frasco de vidrio y una bolsa. * Marihuana elaborada (7,5 gramos) en 13 bolsas pequeñas. * Una balanza digital. * 20 cartuchos calibre 12 marca Saga. * En una pieza arrendada por en calle Independencia N°868, Chillán (previa autorización judicial), se encontró: * Marihuana elaborada (579 gramos). * Marihuana elaborada (2,170 kg y 2,166 kg) en dos tubos de PVC. * Clorhidrato de cocaína (248 gramo...
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