Penal - Rol O-3708-2020
C/
Abstracto
• Datos básicos del caso:
- Tribunal: 4° Juzgado de Garantía de Santiago.
- RUC: 4-4-4
- RIT: No especificado en el documento.
- Fecha: 6 de noviembre de 2020.
- Tipo de procedimiento: Abreviado.
• Hechos acreditados:
El 15 de mayo de 2020, a las 18:45 horas aproximadamente, en la comuna de Vitacura, se encontró al imputado Gonzalo Humberto Hernández Miranda en un vehículo Hyundai Accent, portando una bolsa con clorhidrato de cocaína en la palanca de cambios y siete bolsas adicionales con la misma sustancia (19 gramos en total). Se le encontró también con $542.000.
Posteriormente, con autorización del imputado, se registró su domicilio en Recoleta, donde se encontraron: 741 bolsas pequeñas y 7 bolsas grandes con clorhidrato de cocaína (1 kilo 379 gramos y 5 miligramos, y 7 kilos 388 gramos y 10 miligramos, respectivamente), $34.046.000 en efectivo, $60 dólares, tres teléfonos celulares, una tablet y 33 municiones calibre 9mm sin autorización para su tenencia.
• Calificación jurídica y pena impuesta:
- Delito 1: Tráfico ilícito de sustancias, drogas o estupefacientes, en grado consumado, según el artículo 1° en relación con el artículo 3° de la Ley 20.000. Pena: Tres años y un día de presidio menor en su grado máximo y multa de cinco unidades tributarias mensuales. Accesorias: Inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y para cargos u oficios públicos mientras dure la condena.
- Delito 2: Tenencia ilegal de municiones, según el artículo 9° inciso segundo en relación con el artículo 2° de la Ley 17.798, en grado consumado. Pena: Quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio. Accesoria: Suspensión de cargos u oficios públicos mientras dure la condena.
• Beneficios/medidas accesorias otorgadas:
Se sustituye la pena de privación de libertad por cuatro años y ciento ochenta y dos días de libertad vigilada intensiva, bajo la supervisión del delegado de Gendarmería de Chile del Centro de Reinserción Social Santiago.
• Antecedentes relevantes del imputado:
No se mencionan en el resumen.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto:
No se mencionan en el resumen.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa:
No se mencionan en el resumen.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión:
No se mencionan en el resumen.
• Disposiciones legales determinantes:
- Artículo 1° y 3° de la Ley 20.000 (tráfico ilícito de drogas).
- Artículo 29 del Código Penal (penas accesorias).
- Artículo 9° inciso segundo y artículo 2° de la Ley 17.798 (tenencia ilegal de municiones).
- Ley 18.216, en relación con los artículos 14 y 15 y especialmente el artículo 15 bis (sustitución de pena por libertad vigilada intensiva).
- Artículo 17, 17 ter, Ley 18.216 (condiciones de la libertad vigilada).
- Artículo 468 del Código Procesal Penal (cumplimiento de la sentencia).
- Artículo 17 de la ley 19.970 (determinación de huella genética).
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento:
El imputado debe cumplir con las directrices del delegado de Gendarmería, permanecer en el domicilio indicado (o solicitar autorización para cambiarlo), ejercer una profesión, oficio, empleo o acreditar estudios y, si no tiene actividad laboral, cumplir con un programa formativo, laboral, cultural o de educación. Si se revoca la libertad vigilada, deberá cumplir la pena original, considerando como abono el tiempo que estuvo privado de libertad desde el 6 de mayo de 2020.
• Información sobre recursos disponibles o presentados:
No se menciona en el resumen.
Resumen
• Datos básicos del caso:
- Tribunal: 4° Juzgado de Garantía de Santiago.
- RUC: 4-4-4
- RIT: No especificado en el documento.
- Fecha: 6 de noviembre de 2020.
- Tipo de procedimiento: Abreviado.
• Hechos acreditados:
El 15 de mayo de 2020, a las 18:45 horas aproximadamente, en la comuna de Vitacura, se encontró al imputado en un vehículo Hyundai Accent, portando una bolsa con clorhidrato de cocaína en la palanca de cambios y siete bolsas adicionales con la misma sustancia (19 gramos en total). Se le encontró también con $542.000.
Posteriormente, con autorización del imputado, se registró su domicilio en Recoleta, donde se encontraron: 741 bolsas pequeñas y 7 bolsas grandes con clorhidrato de cocaína (1 kilo 379 gramos y 5 miligramos, y 7 kilos 388 gramos y 10 miligramos, respectivamente), $34.046.000 en efectivo, $60 dólares, tres teléfonos celulares, una tablet y 33 municiones calibre 9mm sin autorización para su tenencia.
• Calificación jurídica y pena impuesta:
- Delito 1: Tráfico ilícito de sustancias, drogas o estupefacientes, en grado consumado, según el artículo 1° en relación con el artículo 3° de la Ley 20.000. Pena: Tres años y un día de presidio menor en su grado máximo y multa de cinco unidades tri...
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