Penal - Rol O-3629-2020
C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Sexto Juzgado de Garantía de Santiago. * RIT: 3629-2020. * RUC: 2000528957-3. * Fecha de la sentencia: 8 de febrero de 2021. * Tipo de procedimiento: No especificado directamente, pero se deduce que es un procedimiento penal.
• Hechos acreditados: * Fecha: 24 de mayo de 2020, aproximadamente a las 17:40 horas. * Lugar: Intersección de calle Radal con San Pablo, comuna de Quinta Normal. * Conducta: fue sorprendida transitando en la vía pública durante un estado de excepción constitucional de catástrofe y cuarentena sanitaria, decretados por la autoridad sanitaria debido a la pandemia de COVID-19. No contaba con la autorización, salvoconducto o permiso correspondiente.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Artículo 318 del Código Penal (delito contra la salud pública). * Pena: Multa de un tercio de Unidad Tributaria Mensual (UTM).
• Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Suspensión de la pena de multa y sus efectos por seis meses. Transcurrido ese plazo y cumpliéndose los requisitos del artículo 398 del Código Procesal Penal, se dejará sin efecto la sentencia y se sobreseerá definitivamente el proceso.
• Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Cédula de Identidad: . * Fecha de nacimiento: 4 de enero de 1987. * Domicilio: . * No se mencionan antecedentes penales previos.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuantes: El Tribunal consideró los argumentos relacionados con la pandemia y su impacto económico y emocional en las personas y sus familias, además de la situación particular de la sentenciada.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * No se mencionan explícitamente los argumentos de la fiscalía ni de la defensa en el extracto de la sentencia.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El Tribunal fundamenta su decisión de suspender la pena de multa en la situación general de la pandemia y su impacto negativo, así como en la situación particular de la sentenciada. La ley, en este caso, hace desaconsejable la imposición de la pena de multa.
• Disposiciones legales determinantes (artículos específicos): * Código Penal: Artículos 1, 11 N° 6 y 9, 15, 49, 50 y 318. * Código Procesal Penal: Artículos 388 y siguientes, y 398. * Artículo 468 del Código Procesal Penal.
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * Condición: La pena de multa se suspende por seis meses. * Cumplimiento: En caso de que la multa deba cumplirse, debe ser pagada en arcas fiscales a través de la Tesorería General de la República (formulario N° 10), dentro de los tres meses siguientes a la fecha en que la multa resulte exigible. Se debe presentar copia del formulario al Tribunal dentro de los cinco días siguientes. * Incumplimiento: Si no se paga la multa, se aplicará lo dispuesto en el artículo 49 del Código Penal, otorgando el mismo plazo para ofrecerse a realizar trabajos en beneficio de la comunidad.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Sexto Juzgado de Garantía de Santiago. * RIT: 3629-2020. * RUC: 2000528957-3. * Fecha de la sentencia: 8 de febrero de 2021. * Tipo de procedimiento: No especificado directamente, pero se deduce que es un procedimiento penal.
• Hechos acreditados: * Fecha: 24 de mayo de 2020, aproximadamente a las 17:40 horas. * Lugar: Intersección de calle Radal con San Pablo, comuna de Quinta Normal. * Conducta: fue sorprendida transitando en la vía pública durante un estado de excepción constitucional de catástrofe y cuarentena sanitaria, decretados por la autoridad sanitaria debido a la pandemia de COVID-19. No contaba con la autorización, salvoconducto o permiso correspondiente.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Artículo 318 del Código Penal (delito contra la salud pública). * Pena: Multa de un tercio de Unidad Tributaria Mensual (UTM).
• Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Suspensión de la pena de multa y sus efectos por seis meses. Transcurrido ese plazo y cumpliéndose los requisitos del artículo 398 del Código Procesal Penal, se dejará sin efecto la sentencia y se sobreseerá definitivamente el proceso.
• **Antecedentes relevant...
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