Penal - Rol O-11807-2019
C/
Abstracto
Se analiza un caso de usurpación no violenta en Viña del Mar, donde José Benito Torres Caroca fue multado con 6 UTM por instruir la instalación de un cerco y mediaguas en la parcela 826 de la Hacienda Reñaca, afectando a Inversiones Doña Carmen Limitada. La sentencia del Juzgado de Garantía de Viña del Mar, de fecha 4 de marzo de 2021, condena a Torres Caroca y establece un pago fraccionado de la multa. Se detallan las disposiciones legales aplicables del Código Penal y Código Procesal Penal.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Viña del Mar. * RUC: 1900662499-8. * RIT: 11807-2019. * Fecha de la sentencia: 4 de marzo de 2021. * Tipo de procedimiento: No especificado explícitamente, pero se deduce que es un juicio por delito de usurpación no violenta.
• Hechos acreditados: * En junio de 2019, , sin derecho sobre la parcela 826 de la Parcelación Forestal de la Hacienda Reñaca, instruyó a terceros para instalar un cerco en el deslinde norponiente del inmueble. * El cerco consistía en una plancha de zinc acanalada de 50 metros, pintada de azul, que enfrentaba el camino cortafuego. * dispuso la instalación de mediaguas en el interior de la parcela, las que fueron habitadas por los hermanos Manuel Fernando y Eugenio Eduardo Molina Rodríguez. * Estos actos fueron realizados con la intención de simular posesión o tenencia del predio y regularizarla ante la autoridad administrativa. * Los hechos causaron perjuicio a la sociedad Inversiones Doña Carmen Limitada, propietaria del inmueble.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Usurpación no violenta. * Pena: Multa a beneficio fiscal de seis unidades t...
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