Penal - Rol O-85-2020
MINISTERIO PUBLICO C/
Abstracto
En el presente caso, el Ministerio Público acusa a Felipe Orlando Soto Villarroel por el delito de tráfico ilícito de pequeñas cantidades de sustancias estupefacientes, previsto en el artículo 4° de la Ley 20.000. Los hechos ocurrieron el 11 de abril de 2019, alrededor de las 15:00 horas, en el domicilio del acusado, ubicado en Pasaje Lastenia Álvarez N° 2282, Población Florencia I, Melipilla. Carabineros, con autorización judicial, ingresaron al inmueble y encontraron diversas cantidades de marihuana, así como elementos para su dosificación. La fiscalía solicitó una pena de tres años de presidio menor en su grado medio, multa y otras sanciones. La defensa, por su parte, argumentó que la droga era para consumo personal y solicitó la absolución o, en su defecto, la aplicación del mínimo legal y penas sustitutivas. El tribunal consideró creíble el testimonio de Carabineros y los elementos materiales incautados como prueba del microtráfico. Se aplicó la atenuante de colaboración sustancial del acusado al esclarecimiento de los hechos. La pena impuesta fue de 600 días de presidio menor en su grado medio, multa y suspensión de cargo público. Se desestimó la aplicación de penas sustitutivas, argumentando la improcedencia según la Ley 20.000. El magistrado Cuevas Gatica manifestó una discrepancia en la fundamentación respecto a la improcedencia de la sustitución de la pena.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Melipilla. * RUC: 1.900.355.337-2. * RIT: 85-2020. * Fecha de la sentencia: 13 de abril de 2021. * Tipo de procedimiento: Juicio oral.
• Hechos acreditados: * Fecha y hora: 11 de abril de 2019, alrededor de las 15:00 horas. * Lugar: Domicilio de , Pasaje Lastenia Álvarez N° 2282, Población Florencia I, Melipilla. * Conductas: Carabineros, con autorización judicial, ingresan al domicilio. Se constata que el imputado guardaba y ocultaba: * 49 envoltorios con un total de 37,8 gramos de marihuana. * 6 bolsas de nylon con un total de 5,6 gramos de marihuana. * 17 bolsas de nylon transparentes para dosificación de droga.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Tráfico ilícito de pequeñas cantidades de sustancias estupefacientes, previsto en el artículo 4° en relación con el artículo 1° de la Ley 20.000, en grado consumado. * Pena: 600 días de presidio menor en su grado medio. Suspensión de cargo u oficio público durante la condena. Multa de 2 Unidades Tributarias Mensuales.
• Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: [Reda...
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