Penal - Rol O-117-2021

M.P. C/ Francisco Javier Ojeda Bustamante Y Mauricio Antonio Gómez Soto Y Javier Patricio Contreras Jara

Abstracto

CASO CON RECURSO DE NULIDAD: Homicidio calificado. CASO CON RECURSO DE NULIDAD: Robo con violencia. "El Ministerio Público, representado por el Fiscal Adjunto don Marcos Enriquez Pizarro, con el patrocinio del abogado don Rodrigo Diaz de Valdés, interpuso recurso de nulidad de la sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puerto Montt, de 24 de abril de 2012, RIT 228-2011, RUC 1009767776-4, en lo que se absolvió a los acusados Don Francisco Javier Ojeda Bustamante y a don Mauricio Antonio Gómez Soto. "El fallo de nulidad fue dictado por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, el 22 de agosto de 2012, que acogió el recurso y declaró la nulidad de la sentencia y del juicio oral, ordenando la realización de un nuevo juicio oral, y ordenó la remisión de los antecedentes al tribunal de origen. "La Ilustrísima Corte de Apelaciones de Puerto Montt, mediante sentencia de 13 de diciembre de 2012, resolvió no dar lugar al recurso de nulidad deducido por el condenado D. Javier Patricio Contreras Jara, RIT 228-2011, RUC 1009767776-4, en contra de la sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puerto Montt, en la cual se le condenó por el delito de robo con violencia, pena de 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo y accesorias de ley, y al pago de las costas del juicio. "El condenado, D. Javier Patricio Contreras Jara, impugnó la sentencia condenatoria ante la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, argumentando la vulneración de garantías fundamentales, incluyendo la presunción de inocencia y el derecho a defensa. "La Corte de Apelaciones de Puerto Montt rechazó el recurso de nulidad, confirmando la sentencia condenatoria. "La Corte Suprema, el 13 de mayo de 2013, confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones, al no dar lugar al recurso de nulidad deducido por el condenado D. Javier Patricio Contreras Jara en contra de la sentencia que lo condenó por el delito de robo con violencia. "Se solicitó la nulidad de la sentencia condenatoria de D. Francisco Javier Ojeda Bustamante por el delito de homicidio calificado, pena de 10 años y 1 día de presidio mayor en su grado máximo, y accesorias de ley, y al pago de las costas del juicio. "La Corte de Apelaciones de Puerto Montt, mediante sentencia de 13 de diciembre de 2012, resolvió no dar lugar al recurso de nulidad deducido por el condenado D. Francisco Javier Ojeda Bustamante en contra de la sentencia que lo condenó por el delito de homicidio calificado. "La Corte Suprema, el 13 de mayo de 2013, confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones, al no dar lugar al recurso de nulidad deducido por el condenado D. Francisco Javier Ojeda Bustamante en contra de la sentencia que lo condenó por el delito de homicidio calificado.

Resumen

Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puerto Montt. • RIT: 228-2011. • RUC: 1009767776-4. • Fecha de Sentencia: 24 de abril de 2012.

Partes: * Ministerio Público: Representado por Fiscal Adjunto don Marcos Enriquez Pizarro. * Defensa: Abogado don Rodrigo Diaz de Valdés. * Acusados: Don Francisco Javier Ojeda Bustamante y don Mauricio Antonio Gómez Soto. * Condenado: D. Javier Patricio Contreras Jara.

Delitos: * Robo con violencia. * Homicidio calificado.

Recursos de Nulidad: * Ministerio Público: Interpuso recurso de nulidad contra la absolución de Ojeda Bustamante y Gómez Soto. * Corte de Apelaciones de Puerto Montt (22 de agosto de 2012): Acogió el recurso del Ministe...

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