Penal - Rol O-7926-2020

C/

Abstracto

Se analiza la sentencia del 2° Juzgado de Garantía de Santiago en contra de Juana María Leiva Ruiz, procesada por microtráfico de estupefacientes y por incumplimiento de medidas sanitarias.

Los hechos ocurrieron el 22 de agosto de 2020, cuando la imputada fue sorprendida transfiriendo pasta base de cocaína a terceros y portando una cantidad mayor para la venta, además de circular sin el debido pasaporte sanitario en una comuna en cuarentena.

La tribunal calificó los hechos como microtráfico de estupefacientes (Ley 20.000) y del artículo 318 del Código Penal.

Se impuso una pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo por el tráfico y una multa de un tercio de UTM por el incumplimiento sanitario. Se le aplicó como accesoria la suspensión de cargo u oficio público y se dio por cumplidas las penas con abono desde la fecha de detención.

Se le eximió del pago de costas por aceptar su responsabilidad.

La defensa y fiscalía no presentan argumentos específicos en el resumen.

La decisión se basó en la admisión de responsabilidad de la imputada y la grabación de audio de la audiencia.

Se citan los artículos 4 y 1 de la Ley 20.000, el artículo 318 del Código Penal, el artículo 46 de la Ley 20.000 y el artículo 468 del Código Procesal Penal.

No se especifica suspensión condicional de la pena, pero sí la suspensión de cargo u oficio público.

Las partes renuncian a los plazos, quedando la resolución firme y ejecutoriada.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: 2° Juzgado de Garantía de Santiago. * RUC: 2000858637-4. RIT: 7926-2020. * Fecha de la sentencia: 18 de junio de 2021. * Tipo de procedimiento: Simplificado.

Hechos acreditados: * El 22 de agosto de 2020, aproximadamente a las 16:05 horas, en la intersección de calle Los Atacameños con pasaje Mehuín, comuna de Renca, transfirió a cambio de dinero a Carlos Molina Muñoz dos envoltorios de pasta base de cocaína (500 mg). * La imputada portaba para la venta una bolsa con 60 envoltorios de papel cuadriculado con pasta base de cocaína (9.8 gramos). * Se le encontró la suma de $108.000, producto de ventas anteriores. * La imputada circulaba sin el debido pasaporte sanitario, en una comuna en cuarentena total.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Autora del delito de microtráfico de estupefacientes, artículo 4 en relación al artículo 1 de la Ley 20.000, en grado de consumado. Pena: 61 días de presidio menor en su grado mínimo. * Autora del delito del artículo 318 del Código Penal (por incumplimiento de medidas sanitarias), en grado de consumado. Pena: multa de un tercio de Unidad Tributaria Mensual. * Accesoria: Suspensión de cargo u oficio público...

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