Penal - Rol O-11069-2020

MPA C/

Abstracto

Datos básicos del caso:

  • Tribunal: Juzgado de Garantía de Antofagasta.
  • RIT: 11069-2020.
  • RUC: 2000922242-2.
  • Fecha: 4 de septiembre de 2021.
  • Tipo de procedimiento: Abreviado.

Hechos acreditados:

  • Hecho 1 (26 de diciembre de 2019, 01:30 hrs): condujo en estado de ebriedad (2.40 gramos por mil de alcohol en sangre) y sin licencia de conducir, un vehículo Chevrolet patente FWKB.54, en calle Simón Bolívar frente al N°769, Antofagasta.
  • Hecho 2 (1 de febrero de 2020, 09:10 hrs): condujo en estado de ebriedad (1.93 gramos por mil de alcohol en sangre) y sin licencia de conducir, el vehículo Chevrolet patente FWKB.54, en calle 21 de mayo esquina Esmeralda, Antofagasta.
  • Hecho 3 (8 de septiembre de 2020, 16:50 hrs): condujo en estado de ebriedad (2.45 gramos por mil de alcohol en sangre) y sin licencia de conducir, el vehículo Chevrolet patente LDWL-73, en avenida Rendic al llegar a calle Vallenar, Antofagasta, perdiendo el control del vehículo, colisionando un poste y luego el vehículo Nissan patente KLPF-53, conducido por , causándole daños. Además, este hecho se cometió incumpliendo la cuarentena preventiva establecida por el Ministerio de Salud.

Calificación jurídica y pena impuesta:

  • Delitos: * Dos delitos consumados de conducción en estado de ebriedad simple y sin haber obtenido licencia (Ley 18.290, artículos 110, 196 y 209). * Un delito consumado de conducción en estado de ebriedad causando daños y sin haber obtenido licencia (Ley 18.290, artículos 110, 196 y 209). * Un delito del artículo 318 del Código Penal (poner en peligro la salud pública por infracción de las reglas higiénicas o de salubridad).
  • Pena única: Tres años y un día de presidio menor en su grado máximo.
  • Multa: Seis (6) Unidades Tributarias Mensuales.
  • Penas accesorias: Inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y suspensión de la licencia de conducir (no especifica el plazo).

Beneficios/medidas accesorias otorgadas:

  • Libertad vigilada intensiva (sustituye la pena privativa de libertad).
  • Exención del pago de costas.

Antecedentes relevantes del imputado:

  • No se especifica la edad.
  • Domiciliado en , Antofagasta.
  • Informe psicosocial indica: Sin trayectoria delictual anterior, estudios medios completos y superiores incompletos, hábitos laborales, actualmente trabaja en un local de comida, red de apoyo familiar significativa, sin vinculación con pares criminógenos y sin actividad procriminal, con motivación para el cambio.

Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto:

  • Se aplicó la regla de determinación de pena del artículo 209 inciso segundo de la Ley de Tránsito, que aumenta la pena en un grado por conducir sin licencia.

Argumentos principales de la fiscalía y la defensa:

  • Fiscalía: Solicitó condena por los tres delitos con base en la ley 18.290, a una pena única de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, seis (6) unidades tributarias mensuales, y la suspensión de licencia de conducir por el término de dos años, en tanto, por la infracción al artículo 318 del Código Penal se impusiera una pena de 6 unidades tributarias mensuales, todas ellas con accesorias legales y costas.
  • Defensa: Solicitó que las multas se rebajasen prudencialmente, se concediera la facultad de pagarlas en cuotas, se eximiera de las costas, y que se aplicara libertad vigilada intensiva.

Fundamentos clave del tribunal para su decisión:

  • Acreditación de los hechos: El tribunal consideró las pruebas presentadas (exámenes de alcoholemia, declaraciones de Carabineros, etc.) y valoró la aceptación de los hechos por parte del imputado.
  • Aplicación del procedimiento abreviado: El tribunal valoró que el imputado se sometió al procedimiento abreviado, reduciendo los costos al Fisco.
  • Cumplimiento de requisitos para pena sustitutiva: El tribunal consideró el informe psicosocial y determinó que el imputado cumplía con los requisitos para la libertad vigilada intensiva.
  • Criterios para la determinación de la pena: Se consideró la gravedad de los delitos, la concurrencia de la agravante por conducir sin licencia, y la aplicación de la regla del artículo 351 del Código Procesal Penal por reiteración de delitos de la misma especie.

Disposiciones legales determinantes:

  • Artículos 110, 196 y 209 de la Ley 18.290 (Ley de Tránsito).
  • Artículo 318 del Código Penal.
  • Artículo 15 N° 1 del Código Penal (autoría).
  • Artículo 15 bis de la Ley 18.216 (acceso a penas sustitutivas).
  • Artículo 74 del Código Penal (acumulación de penas).
  • Artículo 351 del Código Procesal Penal (reiteración de delitos de la misma especie).
  • Artículo 412 del Código Procesal Penal.
  • Artículos 17 y 17 Ter, letra d) de la Ley 18.216 (condiciones de la libertad vigilada intensiva).

Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento:

  • Libertad vigilada intensiva: Cumplimiento de un plan de intervención individual (a aprobar), y las condiciones legales de las letras a), b) y c) del artículo 17 de la ley 18.216.
  • Condición específica: Sometimiento a un programa de rehabilitación para el consumo problemático de alcohol en la Unidad de Salud Mental del COSAM correspondiente al domicilio del sentenciado, por todo el periodo de la pena impuesta, o, en su caso, hasta el alta definitiva.
  • Incumplimiento: Revocación de la pena sustitutiva y cumplimiento íntegro de la pena privativa de libertad impuesta o intensificación de las condiciones decretadas.

Información sobre recursos disponibles o presentados:

  • No se menciona explícitamente si se presentaron recursos.

Resumen

Datos básicos del caso:

  • Tribunal: Juzgado de Garantía de Antofagasta.
  • RIT: 11069-2020.
  • RUC: 2000922242-2.
  • Fecha: 4 de septiembre de 2021.
  • Tipo de procedimiento: Abreviado.

Hechos acreditados:

  • Hecho 1 (26 de diciembre de 2019, 01:30 hrs): condujo en estado de ebriedad (2.40 gramos por mil de alcohol en sangre) y sin licencia de conducir, un vehículo Chevrolet patente FWKB.54, en calle Simón Bolívar frente al N°769, Antofagasta.
  • Hecho 2 (1 de febrero de 2020, 09:10 hrs): condujo en estado de ebriedad (1.93 gramos por mil de alcohol en sangre) y sin licencia de conducir, el vehículo Chevrolet patente FWKB.54, en calle 21 de mayo esquina Esmeralda, Antofagasta.
  • Hecho 3 (8 de septiembre de 2020, 16:50 hrs): condujo en estado de ebriedad (2.45 gramos por mil de alcohol en sangre) y sin licencia de conducir, el vehículo Chevrolet patente LDWL-73, en avenida Rendic al llegar a calle Vallenar, Antofagasta, perdiendo el control del vehículo, colisionando un poste y luego el vehículo Nissan patente KLPF-53, conducido por , causándole daños. Además, este hecho se cometió incumpliendo la cuarentena preventiva establecida por el Ministerio ...

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