Penal - Rol O-156-2021

MINISTERIO PUBLICO C/

Abstracto

Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar * RUC: - // RIT N° 6 - * Fecha: 8 de septiembre de 2021 * Tipo de procedimiento: Juicio oral

Hechos acreditados: El 22 de septiembre de 2020, la policía fiscalizó un vehículo conducido por . En el vehículo iban , y . La policía encontró dos armas de fuego modificadas entre los asientos delanteros, y en la guantera, 17 bolsas de marihuana (16,1 gramos netos) y $836.000 en billetes. y , que tenían domicilio en Viña del Mar (en cuarentena) no tenían permisos sanitarios.

Calificación jurídica y pena impuesta: * : * Delito: Tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades (artículo 1° en relación al artículo 4° de la Ley N° 20.000). * Pena: 61 días de presidio menor en su grado mínimo y multa de 10 Unidades Tributarias Mensuales. * Delito: Porte de arma de fuego prohibida (artículo 3° en relación al artículo 14 de la Ley N° 17.798). * Pena: 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo.

Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * : * Suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. * Facilidades para el pago de la multa (10 cuotas mensuales de 1 UTM). * Libertad vigilada intensiva. * Comiso de la droga, el dinero en efectivo y las armas.

Antecedentes relevantes del imputado: * : * No tiene antecedentes penales. * Manifestó ser el conductor, dueño de la droga y las armas.

Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * : * Atenuantes: "Irreprochable conducta anterior" y "colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos", por lo que se rebajó la pena. * Agravantes: Ninguna.

Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Presentó pruebas para demostrar los hechos de la acusación y la participación de los acusados. Solicitó penas para los acusados. * Defensa (): Reconoció la posesión de armas y drogas, instó por una pena atenuada por las circunstancias atenuantes de "irreprochable conducta anterior" y "colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos". Solicitó penas sustitutivas para su defendido. * Defensa ( y ): Instó por la absolución, argumentando que no había pruebas suficientes para vincular a sus defendidos con los delitos.

Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * Condena a : Se basó en los testimonios de los policías, que describieron el hallazgo de las armas y drogas, y en el reconocimiento del acusado sobre la posesión. El tribunal consideró verosímil el testimonio de los policías y no creíble la versión del acusado sobre el "olvido" de las armas. * Absolución de y : Se determinó que no se logró acreditar la participación de los acusados en los delitos, dado que no se pudo probar que tuvieran el dominio de las armas y drogas.

Disposiciones legales determinantes: * Artículo 4° de la Ley N° 20.000. * Artículo 4° de la Ley N° 17.798. * Artículo N° 68 del Código Penal. * Artículo 2° de la Ley N° 18.216. * Artículo B de la Ley N° 17.798. * Artículo 4 del Código Penal. * Artículo 318 del Código Penal.

Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * En caso de quebrantamiento de la libertad vigilada intensiva, se deberá cumplir íntegramente la pena privativa de libertad impuesta.

Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se detalla en el resumen.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar * RUC: - // RIT N° 6 - * Fecha: 8 de septiembre de 2021 * Tipo de procedimiento: Juicio oral

Hechos acreditados: El 22 de septiembre de 2020, la policía fiscalizó un vehículo conducido por . En el vehículo iban , y . La policía encontró dos armas de fuego modificadas entre los asientos delanteros, y en la guantera, 17 bolsas de marihuana (16,1 gramos netos) y $836.000 en billetes. y , que tenían domicilio en Viña del Mar (en cuarentena) no tenían permisos sanitarios.

Calificación jurídica y pena impuesta: * : * Delito: Tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades (artículo 1° en relación al artículo 4° de la Ley N° 20.000). * Pena: 61 días de presidio menor en su grado mínimo y multa de 10 Unidades Tributarias Mensuales. * Delito: Porte de arma de fuego prohibida (artículo 3° en relación al artículo 14 de la Ley N° 17.798). * Pena: 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo.

Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * [Redacted:Name...

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