Penal - Rol O-2498-2021
C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de La Serena. * RUC: 2000587840-4. * RIT: 2498-2021. * Fecha: 12 de septiembre de 2021. * Tipo de procedimiento: Juicio Oral Simplificado.
• Hechos acreditados: * El 05 de junio de 2020, aproximadamente a las 16:40 horas, conducía un vehículo marca Kia, modelo Rio, placa patente CBDK.48 por calle Isla de Pascua, al llegar a la intersección con Avenida Cuatro Esquinas, La Serena, no respetó la señal de "PARE". * Realizó una maniobra de viraje a la izquierda, colisionando con una motocicleta marca Yamaha, modelo YZF R3, placa patente DPL.089, conducida por , quien se desplazaba por Avenida Cuatro Esquinas. * sufrió lesiones consistentes en luxación de cadera derecha y fractura expuesta de tobillo derecho, de carácter grave, con un tiempo de sanación e incapacidad de 90 a 100 días. * El informe pericial técnico de la SIAT de Carabineros determinó que la colisión se produjo en la calzada de Avenida Cuatro Esquinas, en sentido oriente a poniente. * El informe pericial técnico de la SIAT de Carabineros determinó que la motocicleta realizó una maniobra de sobrepaso indebida.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * El Ministerio Público acusó a por cuasidelito de lesiones graves, previsto y sancionado en el artículo 490 N° 2 del Código Penal, en relación con los artículos 492 y 397 N° 2 del mismo cuerpo legal, y con los artículos 134 y 167 N° 2 y N° 10 de la Ley 18.290 de Tránsito. * La Fiscalía solicitó una pena de trescientos días de reclusión menor en su grado mínimo. * El tribunal absolvió a de los cargos formulados.
• Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Cédula de identidad: . * Edad: 52 años (nacido el 15 de diciembre de 1967). * Estado civil: Casado. * Domicilio: . * Antecedentes penales: No se mencionan.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * La Fiscalía consideró la circunstancia atenuante de irreprochable conducta anterior y no le perjudican circunstancias agravantes.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Argumentó que los hechos descritos constituían cuasidelito de lesiones graves y solicitó la pena correspondiente. * Defensa: Solicitó la absolución de su representado argumentando que la única causa de las lesiones de la víctima fue su propia imprudencia. Se basó en el informe técnico de la SIAT de Carabineros.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El tribunal determinó que no se pudo establecer que las lesiones sufridas por la víctima se produjeron por la conducción imprudente o temeraria del imputado. * El informe pericial técnico de la SIAT de Carabineros determinó que el imputado había franqueado un señal vertical Pare, tras obtener la cesión del derecho de paso de otro vehículo. * El tribunal consideró que, de acuerdo al informe de la SIAT, la colisión se produjo en el eje contrario al sentido de circulación que desarrollaba la víctima, quien se expuso imprudentemente al riesgo. * El tribunal consideró que la maniobra de sobrepaso de la víctima fue indebida.
• Disposiciones legales determinantes: * Artículos 490 N° 2, 492 y 397 N° 2 del Código Penal. * Artículos 134 y 167 N° 2 y N° 10 de la Ley 18.290 de Tránsito. * Artículos 1, 3, 11, 388 y siguientes del Código Procesal Penal.
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * No aplica, ya que el imputado fue absuelto.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de La Serena. * RUC: 2000587840-4. * RIT: 2498-2021. * Fecha: 12 de septiembre de 2021. * Tipo de procedimiento: Juicio Oral Simplificado.
• Hechos acreditados: * El 05 de junio de 2020, aproximadamente a las 16:40 horas, conducía un vehículo marca Kia, modelo Rio, placa patente CBDK.48 por calle Isla de Pascua, al llegar a la intersección con Avenida Cuatro Esquinas, La Serena, no respetó la señal de "PARE". * Realizó una maniobra de viraje a la izquierda, colisionando con una motocicleta marca Yamaha, modelo YZF R3, placa patente DPL.089, conducida por , quien se desplazaba por Avenida Cuatro Esquinas. * sufrió lesiones consistentes en luxación de cadera derecha y fractura expuesta de tobillo derecho, de carácter grave, con un tiempo de sanación e incapacidad de 90 a 100 días. * El informe pericial técnico de la SIAT de Carabineros determinó que la colisión se produjo en la calzada de Avenida Cuatro Esquinas, en sentido oriente a poniente. * El informe pericial técnico de la SIAT de Carabineros determinó que la motocicleta realizó una maniobra de sobrepaso indebida.
• **Calificación jur...
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