Penal - Rol O-3141-2021
C/
Abstracto
En este caso, se ventila la condena de Ricardo Armando Gonzalez Lozano, José Gregorio Cordoba Varela y Marcos Gabriel Rivero Alfaro por el delito de tráfico ilícito de estupefacientes, ocurrido el 16 de mayo de 2021. La sentencia, dictada por el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago bajo el RIT 3141-2021 y RUC 2100481597-9, se basó en un procedimiento abreviado. Se acreditó la venta de marihuana en la vía pública y la posesión de diversas cantidades de marihuana y Ketamina en domicilios de los imputados, incluyendo y . La pena impuesta fue de 4 años de presidio menor en su grado máximo, con inhabilitaciones absolutas, pero se sustituyó por libertad vigilada intensiva. Se consideraron atenuantes como la irreprochable conducta anterior y la colaboración sustancial con la investigación. La fiscalía solicitó las penas, y la defensa no controvirtió los hechos ni la pena, pero solicitó beneficios. El tribunal fundamentó su decisión en la aceptación voluntaria del procedimiento abreviado, el reconocimiento de los hechos, la flagrancia, la cantidad de droga incautada y el cumplimiento de los requisitos para penas sustitutivas. Se aplicaron artículos de la Ley 20.000 y del Código Penal, así como la Ley 18.216. Los condenados deben someterse a libertad vigilada intensiva. Los intervinientes renunciaron a recursos.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tercer Juzgado de Garantía de Santiago. * RIT: 3141-2021. * RUC: 2100481597-9. * Fecha: 4 de octubre de 2021 (sentencia). * Tipo de procedimiento: Abreviado.
• Hechos acreditados: * 16 de mayo de 2021, aproximadamente a las 20:25 horas: y realizaron una venta de 1,90 gramos de marihuana a en la vía pública, calle Padre José Cifuentes Grez N° 860, comuna de Independencia. * 16 de mayo de 2021: * mantenía en su poder 14 envoltorios con 22,80 gramos de marihuana y 24 láminas de LSD. * En el domicilio de (), se encontraron dos bolsas con 126,20 gramos y 156,28 gramos de marihuana. * En el domicilio de (), se encontró 16,60 gramos de marihuana, 9 envoltorios con 11,56 gramos de marihuana, una botella con 1984,17 gramos de Ketamina, otra con 1073,88 gramos de Ketamina, y una más con 1088,80 gramos de Ketamina.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Tráfico ilícito de estupefacientes, artículo 3 en relación con el artículo 1 de la Ley 20.000. * Condena: 4 años de presidio menor en su grado máximo para , [R...
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