Penal - Rol O-89-2021
MP CALAMA C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama. * RIT: 89-2021. * Fecha de la sentencia: 9 de octubre de 2021. * Tipo de procedimiento: Tráfico ilícito de drogas.
• Hechos acreditados: * El 17 de noviembre de 2020, y se trasladaron desde la quinta región a Calama en un camión (P.P.U LRFV-21), con el propósito de transportar droga. * En Calama, fueron vigilados por personal policial desde el sector La Negra. * El 17 de noviembre de 2020, a las 21:00 horas, ingresaron a Calama, se estacionaron en la intersección de y tomaron contacto con otro vehículo. * Los días 17, 18 y 19 de noviembre de 2020, permanecieron en Calama. * El 19 de noviembre de 2020, a las 18:30 horas, se dirigieron a una estación de servicio Shell en la , donde fueron vistos juntos. * Aproximadamente a las 21:10 horas, el camión realizó movimientos sospechosos, ocultándose entre otros camiones en la estación de servicio. * El camión se retiró y fue controlado en . * En el camión, se encontraron a y . * Se hallaron bolsos con marihuana (129.300 gramos), cocaína base (19.350 gramos) y clorhidrato de cocaína (11.950 gramos). * El 6 de enero de 2021, se detuvo a .
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Calificación jurídica: Delito de tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, previsto en el artículo 3° en relación con el artículo 1°, ambos de la Ley 20.000. * Pena impuesta: 5 años de presidio menor en su grado máximo. * Multa: 20 unidades tributarias mensuales, pagaderas en 10 cuotas.
• Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Pena sustitutiva: Libertad vigilada intensiva para los tres acusados. * Condiciones de la libertad vigilada intensiva: Presentación al Centro de Reinserción Social, cumplimiento de un plan de intervención individual y programa formativo de prevención del consumo de drogas. * Otras medidas: Comiso de dinero, teléfonos celulares, bolsos y documentos de .
• Antecedentes relevantes del imputado: * : 47 años, colombiano, maestro de obra civil. * : 32 años, camionero. * : 40 años, conductor de camiones. * Los tres acusados no registraban anotaciones prontuariales.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuantes: Irreprochable conducta anterior (artículo 11 N° 6 del Código Penal) y colaboración sustancial en el esclarecimiento de los hechos (artículo 11 N° 9 del Código Penal) para los tres acusados. * Agravantes: No se consideraron. * Impacto: Reducción de la pena en un grado.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Los acusados son autores del delito, la participación es clave, y no hay forma de participación diferente a la de autoría. Se establece el acuerdo de voluntades entre los acusados y la existencia de tráfico de drogas, por su cantidad y variedad, descartando figuras residuales. * Defensa ( - ): Se reconoce el delito y la participación de su representado y se solicita que la pena se adecue a la participación específica, considerando la situación económica precaria y el reconocimiento del delito. * Defensa ( - ): No existe dominio absoluto del hecho, se cuestiona el financiamiento de la operación, destaca la actitud colaborativa, busca el esclarecimiento y el reconocimiento de la atenuante del artículo 11 N° 9 del Código Penal. * Defensa ( - ): Se adhiere a lo señalado en el alegato de clausura, indica la colaboración sustancial en el esclarecimiento de los hechos y la no existencia de condenas previas, solicitando una pena justa, considerando la colaboración.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * Acreditación de los hechos, tipo de droga, peso y pureza. * El relato de los testigos ( y ), se consideró creíble y fiable. * Las declaraciones de los acusados y la colaboración con la acción policial. * Reconocimiento de las atenuantes de irreprochable conducta anterior y colaboración sustancial. * Existencia de los requisitos para la sustitución de la pena por libertad vigilada intensiva.
• Disposiciones legales determinantes: * Artículo 3° en relación con el artículo 1° de la Ley 20.000 (tráfico ilícito de estupefacientes). * Artículo 15 N° 1 del Código Penal (autores del delito). * Artículo 11 N° 6 y N° 9 del Código Penal (atenuantes). * Artículo 68, 69 y 70 del Código Penal (determinación de la pena). * Artículo 15 bis de la Ley 18.216 (penas sustitutivas). * Artículo 17 y 17 ter de la Ley 18.216 (condiciones de la libertad vigilada intensiva). * Artículo 31 del Código Penal (comiso). * Artículo 46 de la Ley 20.000 (destino de las especies decomisadas). * Artículo 38 de la Ley 18.216 (omisión de antecedentes penales).
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * Los sentenciados deberán cumplir con un plan de intervención individual y con las condiciones legales de las letras a), b) y c) del artículo 17 de la Ley 18.216. * Deberán cumplir un programa formativo de prevención del consumo de drogas. * Deben presentarse al Centro de Reinserción Social dentro de cinco días después de que la sentencia esté firme, bajo apercibimiento de orden de detención. * Consecuencias del incumplimiento: Revocación de la pena sustitutiva, cumplimiento efectivo de la pena privativa de libertad impuesta, o sustitución por una pena de mayor intensidad.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama. * RIT: 89-2021. * Fecha de la sentencia: 9 de octubre de 2021. * Tipo de procedimiento: Tráfico ilícito de drogas.
• Hechos acreditados: * El 17 de noviembre de 2020, y se trasladaron desde la quinta región a Calama en un camión (P.P.U LRFV-21), con el propósito de transportar droga. * En Calama, fueron vigilados por personal policial desde el sector La Negra. * El 17 de noviembre de 2020, a las 21:00 horas, ingresaron a Calama, se estacionaron en la intersección de y tomaron contacto con otro vehículo. * Los días 17, 18 y 19 de noviembre de 2020, permanecieron en Calama. * El 19 de noviembre de 2020, a las 18:30 horas, se dirigieron a una estación de servicio Shell en la , donde fueron vistos juntos. * Aproximadamente a las 21:10 horas, el camión realizó movimientos sospechosos, ocultándose entre otros camiones en la estación de servicio. * El camión se retiró y fue controlado en . * En el camión, se encontraron a y . * Se hallaron bolsos con marihuana (129.300 gramos), cocaína ...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.