Penal - Rol O-434-2020
MINISTERIO PUBLICO C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Lautaro. * RIT: 434 – 2020 * RUC: 2000296366-4 * Fecha de la sentencia: 14 de febrero de 2022. * Tipo de procedimiento: Simplificado. * Juez: Eduardo Antonio Pérez Yáñez. • Hechos acreditados: * El 16 de marzo de 2020, aproximadamente a las 21:10 hrs., Carlos Andrés Soto Schlegel fue fiscalizado por Carabineros en calle Aníbal Pinto frente al N° 296, conduciendo el automóvil marca Suzuki, placa patente NW7321. * Carlos Andrés Soto Schlegel conducía con la licencia suspendida por sentencia del Tribunal de 20 de febrero de 2019, RIT 1609-2018, RUC 1810056111-1, que lo condenó por conducción en estado de ebriedad a la suspensión de licencia por 2 años. * Lugar: Calle Aníbal Pinto frente al N° 296, Lautaro. • Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Conducción de vehículo motorizado con licencia de conducir suspendida (artículo 209 de la Ley Nº 18.290 de Tránsito). * Grado: Consumado. * Autor: Carlos Andrés Soto Schlegel. * Pena: 61 días de presidio menor en su grado mínimo. Multa de 1/3 unidad tributaria mensual. Accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. • Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Se sustituye la pena de presidio por reclusión parcial domiciliaria nocturna por el mismo lapso de la pena privativa de libertad (61 días). A cumplir en su domicilio ubicado en Sector Caulín La Cumbre, Chacao, comuna de Ancud, entre las 22:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente. * Se exime al imputado del pago de las costas de la causa. * La pena de multa se tiene por cumplida al ser rebajada a 1/3 UTM y se compensa con 1 día de reclusión y el abono de 1 día por el tiempo que estuvo detenido. • Antecedentes relevantes del imputado: * Edad: 34 años. * Estado civil: Soltero. * Ocupación: Mecánico automotriz. * Domicilio: Sector Caulín La Cumbre, Chacao, comuna de Ancud. * Antecedentes penales: Condenado previamente por conducción en estado de ebriedad. • Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * No se mencionan específicamente atenuantes o agravantes. * Se aplicó la pena mínima por acuerdo de las partes. • Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Solicitó la condena a las penas establecidas por ley. * Defensa: Solicitó la aplicación de la pena privativa de libertad requerida por la Fiscalía, la concesión de la pena sustitutiva de reclusión parcial nocturna en su domicilio, rebaja de la multa, y eximición de las costas. • Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El imputado admitió libre y espontáneamente su responsabilidad. * Existe acuerdo entre las partes en cuanto a la calificación jurídica y el grado de participación. * Se verificaron los requisitos para la aplicación de la pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria nocturna (artículo 8 de la Ley 18.216). * Se aplicaron los artículos 49 y 70 del Código Penal para la rebaja y cumplimiento de la multa. * La exención del pago de costas se justifica por la admisión de responsabilidad del imputado. • Disposiciones legales determinantes (artículos específicos): * Artículo 209 de la Ley Nº 18.290 de Tránsito. * Artículos 1, 7, 14, 15, 30, 49, 50, 67, y 70 del Código Penal. * Artículos 7 y siguientes, y 36 de la Ley 18.216. * Artículos 348, 388, 395 y siguientes del Código Procesal Penal. • Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * El imputado debe cumplir la reclusión parcial nocturna en su domicilio entre las 22:00 y las 06:00 horas. * Debe presentarse al Centro de Reinserción Social de Castro, dentro de los 5 días desde que la sentencia quede firme, para comenzar el control administrativo de la medida. * Si no se presenta al Centro de Reinserción Social de Castro, se despachará orden de detención en su contra. * Se da plazo a la defensa de 5 días para presentar informe de factibilidad técnica de control telemático en el domicilio. * El control de la pena sustitutiva corresponderá a Gendarmería si el informe de factibilidad es positivo y a Carabineros en caso contrario. • Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos. * Se informa que el Juzgado de Garantía de Ancud conocerá la ejecución de la pena sustitutiva.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Lautaro. * RIT: 434 – 2020 * RUC: 2000296366-4 * Fecha de la sentencia: 14 de febrero de 2022. * Tipo de procedimiento: Simplificado. * Juez: • Hechos acreditados: * El 16 de marzo de 2020, aproximadamente a las 21:10 hrs., fue fiscalizado por Carabineros en , conduciendo el automóvil marca Suzuki, placa patente NW7321. * conducía con la licencia suspendida por sentencia del Tribunal de 20 de febrero de 2019, RIT 1609-2018, RUC 1810056111-1, que lo condenó por conducción en estado de ebriedad a la suspensión de licencia por 2 años. * Lugar: , Lautaro. • Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Conducción de vehículo motorizado con licencia de conducir suspendida (artículo 209 de la Ley Nº 18.290 de Tránsito). * Grado: Consumado. * Autor: . * Pena: 61 días de presidio menor en su grado mínimo. Multa de 1/3 unidad tributaria mensual. Accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. • Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Se sustituye la pena de presidio por reclusión parcial...
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