Penal - Rol O-630-2021

C/

Abstracto

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Letras y Garantía con Competencia en Familia de Chanco. * RIT: 3-2021 * RUC: -3 * Fecha de la sentencia: 9 de febrero de 2022. * Tipo de procedimiento: No especificado, pero se infiere que es un juicio por conducción en estado de ebriedad.

Hechos acreditados: * Fecha: 27 de agosto de 2021, aproximadamente a las 21:44 horas. * Lugar: Curanipe, comuna de Pelluhue, específicamente en calle Gerardo Villaseñor, a la altura del Banco Estado. * Conducta: condujo un vehículo motorizado (camioneta Mitsubishi L-200 Katana 4x4, color amarillo, placa CYXK-87) en estado de ebriedad, en contra del sentido del tránsito. Fue fiscalizado por Carabineros, quienes detectaron fuerte hálito alcohólico, incoherencia al hablar e inestabilidad al caminar. Se le realizó una alcoholemia.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, tipificado en el artículo 196, en relación con los artículos 110 y 111 de la Ley 18.290. * Pena: * Días de presidio menor en su grado mínimo (no especifica la cantidad exacta de días). * Multa de dos Unidades Tributarias Mensuales (UTM). * Suspensión de la licencia de conducir por años (no especifica la cantidad exacta de años). * Suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena.

Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Remisión condicional de la pena privativa de libertad, según el artículo 4° de la Ley 18.216. * El sentenciado deberá quedar sujeto al control administrativo del Centro de Reinserción Social (CRS) de Chanco por un año. * Se omitirá la inscripción de la sentencia en los certificados de antecedentes (artículo 38 de la Ley 18.216).

Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Cédula de identidad: No especificada.

Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * No se mencionan atenuantes ni agravantes en el resumen.

Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * No se detallan los argumentos de la fiscalía ni de la defensa en el resumen.

Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * No se detallan los fundamentos del tribunal en el resumen.

Disposiciones legales determinantes (artículos específicos): * Código Penal: Artículos 1, 3, 5, 12, 14, 15, 25, 26, 30, 49, 50, 67, 69, 70. * Código Procesal Penal: Artículos 388 y siguientes. * Ley 18.290 (Ley de Tránsito): Artículo 196, en relación con los artículos 110 y 111. * Ley 18.216 (Establece medidas alternativas a las penas privativas o restrictivas de libertad): Artículos 4 y 5. * Ley 18.216: Artículo 38 (Omisión de inscripción de la sentencia en certificados de antecedentes).

Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * El sentenciado debe presentarse al CRS de Chanco dentro de los cinco días siguientes a que la sentencia quede firme y ejecutoriada. * Deberá cumplir con las exigencias legales del artículo 5° de la Ley 18.216 durante el periodo de control. * Consecuencias del incumplimiento: Revocación de la pena sustitutiva y cumplimiento íntegro de la pena privativa de libertad impuesta, o sustitución por una pena sustitutiva de mayor intensidad o intensificación de las condiciones decretadas.

Información sobre recursos disponibles o presentados: * Los intervinientes renunciaron a los plazos y recursos legales, por lo que la sentencia se considera firme y ejecutoriada.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Letras y Garantía con Competencia en Familia de Chanco. * RIT: 3-2021 * RUC: -3 * Fecha de la sentencia: 9 de febrero de 2022. * Tipo de procedimiento: No especificado, pero se infiere que es un juicio por conducción en estado de ebriedad.

Hechos acreditados: * Fecha: 27 de agosto de 2021, aproximadamente a las 21:44 horas. * Lugar: Curanipe, comuna de Pelluhue, específicamente en calle Gerardo Villaseñor, a la altura del Banco Estado. * Conducta: condujo un vehículo motorizado (camioneta Mitsubishi L-200 Katana 4x4, color amarillo, placa CYXK-87) en estado de ebriedad, en contra del sentido del tránsito. Fue fiscalizado por Carabineros, quienes detectaron fuerte hálito alcohólico, incoherencia al hablar e inestabilidad al caminar. Se le realizó una alcoholemia.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, tipificado en el artículo 196, en relación con los artículos 110 y 111 de la Ley 18.290. * Pena: * Días de presidio menor en su grado mínimo (no especifica la cantidad exacta de días). * Multa de dos Unidades Tributarias Mensuales (UTM). * Suspensi...

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