Penal - Rol O-91-2021

C/

Abstracto

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Letras y Garantía de Caldera. * RUC: 2000206430-9. * RIT: 91-2021. * Fecha: 16 de febrero de 2022. * Tipo de procedimiento: Simplificado.

Hechos acreditados: * El 23 de febrero de 2020, a las 10:46 horas aproximadamente, fue sorprendido conduciendo un vehículo en zigzag en el km 861 de la Ruta 5 Norte, comuna de Caldera. * Funcionarios de Carabineros constataron signos de ebriedad en el imputado. * Prueba respiratoria arrojó 1.16 g/l de alcohol en sangre. * Análisis de muestra sanguínea posterior en el Consultorio Rosario Corvalán de Caldera determinó 1.04 gramos de alcohol por mil en la sangre.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, según artículo 196 en relación con los artículos 110 y 111 de la Ley 18.290. * Pena: 41 días de prisión en su grado máximo. * Pena accesoria: Suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, según artículo 30 del Código Penal. * Pena accesoria: Suspensión de licencia de conducir por dos años. * Multa: Un tercio (1/3) de Unidad Tributaria Mensual (UTM).

Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * La pena de multa se considera cumplida debido al tiempo que el sentenciado estuvo detenido por esta causa, hasta el 15 de mayo de 2021. * Sustitución de la pena de prisión por 54,6 horas de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, en el Centro de Reinserción Social de Copiapó, a cumplirse una vez que el sentenciado recupere su libertad. * Exención del pago de las costas de la causa.

Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * R.U.N.: . * Fecha de nacimiento: 13 de abril de 1978. * Domicilio: (actualmente cumpliendo condena en el Complejo Penitenciario de Alto Hospicio).

Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuante: Haber colaborado sustancialmente en el esclarecimiento de los hechos (artículo 11 N°9 del Código Penal). * Agravantes: No se constataron.

Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * La sentencia no detalla explícitamente los argumentos de la fiscalía ni de la defensa.

Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * La sentencia no detalla los fundamentos específicos.

Disposiciones legales determinantes: * Artículo 196, en relación con los artículos 110 y 111 de la Ley 18.290 (sobre tránsito). * Artículo 30 del Código Penal (penas accesorias). * Artículo 11 N°9 del Código Penal (atenuante). * Artículo 468 del Código Procesal Penal (ejecución de la sentencia).

Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * El sentenciado debe cumplir con la prestación de servicios en beneficio de la comunidad en el Centro de Reinserción Social de Copiapó una vez que recupere su libertad. * Debe pagar la multa en un plazo de 30 días, acreditando el pago ante el tribunal. * No se detallan las consecuencias del incumplimiento de la prestación de servicios ni del pago de la multa, aunque es presumible que el incumplimiento de la prestación de servicios conlleve el cumplimiento de la pena de prisión originalmente impuesta.

Información sobre recursos disponibles o presentados: * Las partes renunciaron a los plazos, por lo que la resolución quedó firme y ejecutoriada.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Letras y Garantía de Caldera. * RUC: 2000206430-9. * RIT: 91-2021. * Fecha: 16 de febrero de 2022. * Tipo de procedimiento: Simplificado.

Hechos acreditados: * El 23 de febrero de 2020, a las 10:46 horas aproximadamente, fue sorprendido conduciendo un vehículo en zigzag en el km 861 de la Ruta 5 Norte, comuna de Caldera. * Funcionarios de Carabineros constataron signos de ebriedad en el imputado. * Prueba respiratoria arrojó 1.16 g/l de alcohol en sangre. * Análisis de muestra sanguínea posterior en el Consultorio Rosario Corvalán de Caldera determinó 1.04 gramos de alcohol por mil en la sangre.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, según artículo 196 en relación con los artículos 110 y 111 de la Ley 18.290. * Pena: 41 días de prisión en su grado máximo. * Pena accesoria: Suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, según artículo 30 del Código Penal. * Pena accesoria: Suspensión de licencia de conducir por dos años. * Multa: Un tercio (1/3) de Unidad Tributaria Mensual (UTM).

• **Ben...

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