Penal - Rol O-2274-2020
C/
Abstracto
Se juzga a Francisco Javier Díaz Núñez por conducción en estado de ebriedad causando daños, según el artículo 196 inciso 1° de la Ley 18.290. Los hechos ocurrieron el 25 de enero de 2020 en la Ruta H 40, comuna de Rancagua, donde el imputado, conduciendo el vehículo patente GGLC-43, provocó daños al vehículo WV-9112, conducido por Ignacio Pérez Cuevas. Se acreditó el estado de ebriedad con una prueba respiratoria de 1.39 g/l y una alcoholemia posterior de 1.53 g/l. Los daños materiales ascendieron a $2.544.000. El tribunal impuso una pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo y multa de un tercio de UTM. Se concedió la suspensión de la licencia de conducir por dos años y la remisión condicional de la pena por un año, sujeta a las condiciones de la Ley 18.216. Se eximió del pago de costas por la admisión de responsabilidad. Se invocan los artículos 1, 15 N°1, 70 del Código Penal, 395 y siguientes del Código Procesal Penal, 196 inciso 1° y 110 de la Ley 18.290, y 4, 5, 38 de la Ley 18.216. Se aplicó la atenuante del artículo 11 N° 6 del Código Penal. Los intervinientes renunciaron a los plazos para recurrir, quedando la sentencia ejecutoriada.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Rancagua * RUC: 2000119239-7 * RIT: 2274-2020 * Fecha: 4 de marzo de 2022 * Tipo de procedimiento: Simplificado
• Hechos acreditados: * Fecha: 25 de enero de 2020, aproximadamente a las 9:30 horas. * Lugar: Ruta H 40, altura del kilómetro 2, comuna de Rancagua. * Conducta: conducía en estado de ebriedad el vehículo placa patente GGLC-43, provocando daños al vehículo placa patente WV-9112, conducido por . * Pruebas: Carabineros constataron efectos del alcohol en el imputado. Prueba respiratoria (intoxilyzer) arrojó 1.39 gramos por litro de alcohol en la sangre. Alcoholemia posterior: 1.53 gramos por litro. * Daños materiales: $2.544.000.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Conducción en estado de ebriedad causando daños, según el artículo 196 inciso 1° de la Ley 18.290. * Pena: Sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo y multa de un tercio de unidad tributaria mensual (UTM), con plazo de 30 días para el pago.
• Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Suspensión de la licencia de conducir por dos años, con abono del periodo entre el 25 de febrero de 2020 y la fecha ...
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