Penal - Rol O-6265-2021

MP C/

Abstracto

El Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, en el RIT 6.265-2021 y RUC 2100550178-1, resolvió en procedimiento abreviado el caso de EDWARD ANTONIO CUMANA MUJICA. Se acreditó que el imputado vendió cannabis sativa a una agente encubierta, portaba más droga y dinero, y mantenía sustancias y elementos relacionados en su domicilio. Fue condenado por tráfico ilícito de pequeñas cantidades de sustancias estupefacientes o sicotrópicas a sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo y multa de dos UTM. Se le concedió la remisión condicional de la pena por un año, sujeta a supervisión de Gendarmería, y la suspensión de cargo público. La defensa y fiscalía acordaron la pena, reconociendo atenuantes de irreprochable conducta anterior y colaboración sustancial. El tribunal basó su decisión en la aceptación del procedimiento abreviado, la acreditación del delito y la participación, y las atenuantes, imposibilitando una pena más grave que la solicitada.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Octavo Juzgado de Garantía de Santiago. * RIT: 6.265-2021. * RUC: 2100550178-1. * Fecha: 7 de marzo de 2022. * Tipo de procedimiento: Procedimiento abreviado.

Hechos acreditados: * Fecha: 9 de junio de 2021, aproximadamente a las 15:50 horas. * Lugar: Calle Miguel Claro con calle Rengo, comuna de Providencia. * Conductas: * vendió y transfirió a una agente encubierta (Macarena) 6,4 gramos de cannabis sativa (marihuana) por $40.000. * Portaba, guardaba y mantenía en un estuche 14,2 gramos de cannabis sativa y $239.000 en billetes. * En su domicilio (calle Suiza N° 2009, comuna de Providencia) mantenía 15,8 gramos de cannabis sativa, 4 gramos de cafeína, 4,9 gramos de ketamina, una pastilla de ketamina y una pesa digital.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Tráfico ilícito de pequeñas cantidades de sustancias estupefacientes o sicotrópicas, según el artículo 4° de la Ley 20.000, sancionado en el artículo 1° de la misma ley. * Grado de participación: Autor, según el artículo 15 N° 1 del Código Penal. * Pena: Sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo...

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