Penal - Rol O-7522-2020

C/

Abstracto

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena ha dictado sentencia en la causa RIT 2000849971-4, caratulada "OSORIO SEPÚLVEDA C/ NAHUELQUÍN COSTA", con fecha 3 de marzo de 2022. El procedimiento fue simplificado. El acusado, RODOLFO CARLOS NAHUELQUÍN CHIGUAY, junto a Gabriela Loreto Nahuelquín Costa y Mauricio Alexis Hernandez Reyes, fueron sorprendidos transportando especies avaluadas en $230.183, sustraídas del supermercado Santa Isabel de Av. El Rosal 3999, Maipú. Además, incumplieron la cuarentena general al no portar salvoconducto o permiso temporal para circular. Se les imputa el delito de peligro para la salud pública (art. 318 CP) y receptación de especies (art. 456 bis A CP). Por el primer delito, se les impuso una multa de un tercio de UTM. Por el segundo, 61 días de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargo u oficio y multa de un tercio de UTM. Se concedió a RODOLFO CARLOS NAHUELQUÍN CHIGUAY la sustitución de la pena de presidio por reclusión parcial domiciliaria nocturna durante 61 noches, entre las 22:00 y 06:00 horas, en su domicilio de Calle Santa Teresa N° 1852, San Bernardo, con monitoreo telemático. Se consideró la atenuante del art. 11 n° 9 CP. Las partes renunciaron a los plazos para presentar recursos.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: 9º Juzgado de Garantía de Santiago. * RUC: 2000849971-4 * RIT: 7522-2020 * Fecha de la sentencia: 3 de marzo de 2022. * Tipo de procedimiento: Simplificado.

Hechos acreditados: * Fecha: 9 de agosto de 2020, alrededor de las 15:15 horas. * Lugar: Intersección de Avenida El Rosal con Ingeniero Eduardo Domínguez, comuna de Maipú. * Conductas: * , junto con y , fueron sorprendidos en la vía pública, dentro del vehículo PP XR.5023. * Transportaban especies consistentes en alimentos y productos de aseo, avaluadas en $230.183, sabiendo o debiendo saber su origen ilícito (sustraídas desde el supermercado Santa Isabel de Av. El Rosal 3999, Maipú). * No portaban salvoconducto, permiso temporal ni documento que los habilitara para circular, incumpliendo la cuarentena general decretada por el Ministerio de Salud. * Domicilios: Calle Archipiélago Juan Fernández N° 14420 (San Bernardo), Calle Alcahuasi N° 13654 (San Bernardo), y Calle Santa Teresa N° 1852 (San Bernardo).

Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito de peligro para la salud pública (artículo 318 del Código Penal): multa de un tercio de ...

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