Penal - Rol O-371-2021
C/
Abstracto
El 27 de enero de 2021 se inició una investigación sobre la participación de Neil Vitman Laurencio Rivera y Jimena Mercado Menacho en la coordinación del envío de droga desde Arica a Santiago. El 5 de febrero de 2021, se autorizó el uso de un agente encubierto y un informante. El 8 de febrero de 2021, en calle Linderos, Arica, el agente encubierto se reunió con Neil Vitman Laurencio Rivera, quien sacó de un vehículo de Luis Alberto Ticona Mamani un bolso y una mochila con cocaína clorhidrato y cocaína base. El 12 de febrero de 2021, en el Mall Easton Outlet Mall de Quilicura, se produjo la entrega controlada de la droga. Jimena Mercado Menacho se contactó con el agente encubierto, recibiendo y subiendo bolsos con droga a un vehículo conducido por Jonathan Jesús Contreras Celis, acompañado por Luis Alberto Donoso Hernández. Tras la detención en Santiago, se autorizaron órdenes de detención y allanamiento para los domicilios de los imputados en Arica y Santiago. En el domicilio de Neil Vitman Laurencio Rivera se incautaron teléfonos celulares, una tablet, una balanza digital y dinero. En el domicilio de Luis Alberto Ticona Mamani se incautaron teléfonos celulares, cocaína base y dinero. El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica condenó a Jimena Mercado Menacho, Jonathan Jesús Contreras Celis, Luis Alberto Donoso Hernández, Neil Vitman Laurencio Rivera y Luis Alberto Ticona Mamani por el delito de tráfico ilícito de drogas, previsto y sancionado en los artículos 1 y 3 de la Ley 20.000. Las penas impuestas fueron de 5 años de presidio menor en su grado máximo y multa de 10 UTM para Jimena Mercado Menacho, Neil Vitman Laurencio Rivera y Luis Alberto Ticona Mamani; y 6 años de presidio mayor en su grado mínimo y multa de 10 UTM para Jonathan Jesús Contreras Celis y Luis Alberto Donoso Hernández. Se otorgaron beneficios como la expulsión del país para Jimena Mercado Menacho y Neil Vitman Laurencio Rivera, y libertad vigilada intensiva por 5 años para Luis Alberto Ticona Mamani. Se consideraron atenuantes de irreprochable conducta anterior y colaboración sustancial para algunos de los acusados, mientras que no se aplicó la agravante del artículo 19 letra A de la ley 20.000. La fiscalía solicitó penas de 14 años de presidio, multas, comiso de especies y costas, mientras que las defensas presentaron alegaciones diversas. El tribunal basó su decisión en la valoración de la prueba testimonial, pericial, instrumental y material, considerando acreditada la participación de los acusados y la existencia del delito de tráfico ilícito de drogas.
Resumen
• Datos básicos del caso: o Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica. o RUC: N°2100092037-9. o RIT: N°371-2021. o Fecha: 11 de abril de 2022. o Tipo de procedimiento: Juicio oral. • Hechos acreditados: o El 27 de enero de 2021, a raíz de una denuncia de la Brianco Arica, se inició una investigación sobre la participación de y en la coordinación del envío de droga desde Arica a Santiago. o El 5 de febrero de 2021, se autorizó el uso de un agente encubierto y un informante. o El 8 de febrero de 2021, en calle Linderos, Arica, el agente encubierto se reunió con , quien sacó de un vehículo de un bolso y una mochila con cocaína clorhidrato y cocaína base. o El 12 de febrero de 2021, en el Mall Easton Outlet Mall de Quilicura, se produjo la entrega controlada de la droga. se contactó con el agente encubierto, recibiendo y subiendo bolsos con droga a un vehículo conducido por , acompañado por . o Tras la detención en Santiago, se autorizaron órdenes de detención y allanamiento para los domicilios de los imputados en Arica y Santiago. o En el domicilio de se incautaron teléfonos celulares, una tablet...
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