Penal - Rol O-11757-2017

C/

Abstracto

• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de San Bernardo. * RIT: 11757-2017. * RUC: 1710054755-4. * Fecha: 8 de mayo de 2022. * Tipo de procedimiento: Juicio Simplificado.

• Hechos acreditados: * El 13 de noviembre de 2017, instaló un muro de material sólido en el límite de la propiedad de , reemplazando un cerco de alambre y madera existente. * alega que el muro se instaló dentro de su propiedad, arrancando árboles y cercos, usurpando aproximadamente 300 m². * La propiedad de , Lote 1, fue adquirida en 1986 por su difunto esposo, . El Lote 2 es propiedad de , cónyuge del imputado y hermana del difunto esposo de la víctima. * El cerco original de alambre fue instalado por el esposo de la víctima. * La perito realizó un peritaje topográfico, basado en el plano de Bienes Nacionales de 2009, pero no tuvo acceso al plano original inscrito en el Conservador de Bienes Raíces de 1986.

• Calificación jurídica y pena impuesta: * El Ministerio Público acusó a por el delito de usurpación no violenta (artículo 458 del Código Penal), en grado de consumado. * La Fiscalía solicitó una pena de seis unidades tributarias mensuales (6 UTM), con costas. * El tribunal absolvió a .

• Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Cédula de identidad: . * Domicilio: . * No se mencionan antecedentes penales.

• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Se consideró la atenuante del artículo 11 Nº 6 del Código Penal: no haber sido condenado anteriormente por crímenes o simples delitos.

• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Buscó acreditar la participación del imputado y el delito de usurpación no violenta, basándose en el plano de Bienes Nacionales y testimonios que demostraban la instalación del muro en propiedad ajena. * Defensa: Argumentó que el plano relevante es el de 1986, no modificado, que el muro solo reemplazó el cerco preexistente y que el plano de Bienes Nacionales no está inscrito en el Conservador de Bienes Raíces. Solicitó la absolución.

• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * No se logró establecer, más allá de toda duda razonable, que se encontrara ocupando parte del inmueble de , ya que no se comprobó que el muro se instalara en un lugar diferente al del cerco original. * El tribunal consideró que el plano de Bienes Nacionales no alteraba los deslindes y superficies del plano original de 1986, inscrito en el Conservador de Bienes Raíces. * La perito, al no tener a la vista el plano original, no pudo aportar información completa para establecer la usurpación. * El requerimiento fiscal señala que se reemplazó el cerco, por lo que no hubo usurpación de terreno. * La ausencia de mayores antecedentes hizo plausible una hipótesis distinta a la descripción de los hechos.

• Disposiciones legales determinantes: * Artículo 458 del Código Penal (delito de usurpación no violenta). * Artículo 15 Nº 1 del Código Penal (participación en calidad de autor). * Artículo 11 Nº 6 del Código Penal (atenuante de no tener antecedentes penales). * Artículo 296 del Código Procesal Penal (valoración de la prueba). * Artículo 340 del Código Procesal Penal (estándar probatorio). * Artículo 47 del Código Procesal Penal (imposición de costas).

• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * No se aplicó suspensión condicional.

• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona en el documento información sobre recursos.

Resumen

• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de San Bernardo. * RIT: 11757-2017. * RUC: 1710054755-4. * Fecha: 8 de mayo de 2022. * Tipo de procedimiento: Juicio Simplificado.

• Hechos acreditados: * El 13 de noviembre de 2017, instaló un muro de material sólido en el límite de la propiedad de , reemplazando un cerco de alambre y madera existente. * alega que el muro se instaló dentro de su propiedad, arrancando árboles y cercos, usurpando aproximadamente 300 m². * La propiedad de , Lote 1, fue adquirida en 1986 por su difunto esposo, . El Lote 2 es propiedad de , cónyuge del imputado y hermana del difunto esposo de la víctima. * El...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora