Penal - Rol O-210-2019
C/
Abstracto
Presentado por el Ministerio Público contra MIGUEL ANGEL VALLEJOS ROLDÁN, sobre estafa. Mediante sentencia de fecha 2 de junio de 2022, el Juzgado de Garantía de Chillán, RUC 1910001530-K, RIT 210-2019, en procedimiento abreviado, condenó a MIGUEL ANGEL VALLEJOS ROLDÁN como autor del delito de estafa, previsto y sancionado en el artículo 468 en relación con el artículo 467 número 1 del Código Penal, a sufrir la pena de 300 días de Presidio Menor en Grado Mínimo, más la multa de 11 Unidades Tributarias Mensuales (UTM). Se le concede la pena sustitutiva de Remisión Condicional por el plazo de 1 año, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social (CRS) de Chillán dentro de los 5 días siguientes a que la sentencia quede firme. Los hechos dan cuenta que en abril de 2018, el imputado acordó la venta de un vehículo SSANGYONG Actyon, año 2011, por la suma de $5.000.000, de los cuales la víctima pagó $3.500.000 al contado y $950.000 entre mayo y noviembre de 2018, mediante depósitos en la cuenta RUT del imputado. Con fecha 21 de noviembre de 2018, el imputado denunció a la víctima por apropiación indebida del vehículo, no pudiendo esta última adquirirlo, sufriendo un perjuicio económico total de $4.450.000. Se aplicaron las atenuantes del artículo 11 números 6 y 9 del Código Penal. No concurren agravantes. El condenado no registratentativas previas, no se le conocen antecedentes penales ni se le tuvo por rebelde. Se impuso la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Chillán. * RUC: 1910001530-K. * RIT: 210-2019. * Fecha: 2 de junio de 2022. * Tipo de procedimiento: Procedimiento Abreviado.
• Hechos acreditados: * En abril de 2018, (imputado) acordó con (víctima) la venta de un vehículo SSANGYONG Actyon, año 2011, por $5.000.000. * La víctima pagó $3.500.000 inicialmente y $950.000 entre mayo y noviembre de 2018 a través de depósitos en la cuenta RUT del imputado. * El 21 de noviembre de 2018, el imputado denunció a la víctima por apropiación indebida del vehículo, impidiéndole adquirirlo. * La víctima sufrió un perjuicio económico de $4.450.000.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Estafa, previsto y sancionado en el artículo 468 en relación con el artículo 467 número 1 del Código Penal. * Pena: 300 días de Presidio Menor en Grado Mínimo. * Multa: 11 Unidades Tributarias Mensuales (UTM).
• Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Pena sustitutiva: Remisión Condicional por 1 año. * Condición: El condenado debe presentarse en el Centro de Reinserción Social (CRS) de Chillán dentro de los 5 días siguientes a que la sentencia quede firme...
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