Penal - Rol O-238-2021

MP C/

Abstracto

Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar. * RUC: N° 1900215600-0. * RIT: N° 238-2021. * Fecha: 2 de septiembre de 2022. * Tipo de procedimiento: Juicio Oral.

Hechos acreditados: * Fecha: 25 de febrero de 2019, en horas de la tarde. * Lugar: Interior de la galería Carrusel, ubicada en Avenida Valparaíso, Viña del Mar y Plaza Vergara. * Conductas: (acusado) fue observado vendiendo droga a . El acusado entregó una bolsa plástica transparente con droga a cambio de dinero.

* Se realizó un control de identidad a <redacted-content type="Name">Name</redacted-content>, encontrándose 0,7 gramos netos de cannabis sativa en su poder. * Se realizó un registro a <redacted-content type="Name">Name</redacted-content>, encontrándose en su poder 13,9 gramos netos de cannabis sativa bajo la pretina del pantalón y 1,6 gramos netos de cocaína clorhidrato en cinco bolsas, también bajo la costura del pantalón. Adicionalmente, se le encontró $18.000 en efectivo. * La droga encontrada en poder de <redacted-content type="Name">Name</redacted-content> estaba destinada a la comercialización y/o transferencia a terceros.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Calificación jurídica: Delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4° en relación con el artículo 1° de la Ley N°20.000. * Pena: 541 días de presidio menor en su grado medio y multa de 5 Unidades Tributarias Mensuales.

Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Se sustituye la pena privativa de libertad por la de libertad vigilada simple por el mismo tiempo de la condena (541 días). * Se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa, por ser defendido por la Defensoría Penal Pública. * Se permite el pago de la multa en 10 parcialidades, cada una de media (1/2) Unidad Tributaria Mensual. * Comiso del dinero incautado ($18.000). * Determinación de huella genética y registro en el Registro de Condenados.

Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Edad: 27 años (al momento del juicio). * Nacionalidad: Colombiana. * Estado civil: Soltero. * Ocupación: Barbero. * Antecedentes penales: Sin antecedentes penales. * Fecha de nacimiento: 28 de octubre de 1995.

Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuante: Irreprochable conducta anterior (artículo 11 N°6 del Código Penal). * Agravantes: No se consideraron. * Impacto de las atenuantes y agravantes: La existencia de la atenuante permitió la aplicación de la pena en su grado mínimo, que habilitó la sustitución de la pena privativa de libertad por libertad vigilada.

Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Alegó que con la prueba rendida se acreditó el hecho de la venta de droga y la posesión de más droga por parte del acusado destinada a la comercialización. Solicitó la condena por tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades. La fiscalía enfatizó en las declaraciones de los policías que realizaron el seguimiento y la incautación. * Defensa: Alegó que la droga era para consumo personal y negó la conducta de tráfico. Pidió absolución o recalificación del delito a porte de droga para consumo. Argumentó que el acusado es consumidor y que la droga era para su uso personal, próximo y exclusivo en el tiempo. Presentó la declaración del acusado y de su madre.

Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El tribunal dio por acreditado el hecho de la venta de droga, en base a las declaraciones de los funcionarios policiales, ( y ) que presenciaron el intercambio de droga por dinero. * Se valoraron los testimonios, pericias y documentos que establecieron la naturaleza y peso de las drogas incautadas, corroborando los dichos de los policías. * Se consideró que la prueba presentada por la defensa no fue suficiente para desvirtuar los hechos acreditados ni para probar que la droga fuera para consumo personal. * El tribunal descartó la aplicación de la atenuante de colaboración sustancial, argumentando que la declaración del acusado no fue consistente ni relevante para el esclarecimiento de los hechos.

Disposiciones legales determinantes: * Artículo 4° y 1° de la Ley N°20.000 (sancionan el tráfico ilícito de estupefacientes). * Artículo 15 N°1 del Código Penal (autoría). * Artículo 11 N°6 del Código Penal (atenuante de irreprochable conducta anterior). * Artículos 68 y 69 del Código Penal (determinación de la pena). * Artículo 31 del Código Penal, 348 del Código Procesal Penal y 45 de la Ley 20.000, (comiso). * Artículo 15 de la Ley N°18.216 (pena sustitutiva de libertad vigilada). * Artículo 17 de la Ley 19.970 (huella genética). * Artículos 41 y siguientes de la Ley 20.000 (procedimiento de decomiso).

Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * El acusado debe presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería correspondiente a su domicilio dentro de los cinco días siguientes a que la sentencia esté ejecutoriada. * Deberá cumplir con el plan de intervención individual que se apruebe y con las condiciones legales establecidas en las letras a), b) y c) del artículo 17 de la Ley N°18.216 (que no se especifican en el resumen). * Consecuencias del incumplimiento: Si la pena sustitutiva es revocada o quebrantada, el acusado deberá cumplir íntegramente la pena de presidio impuesta.

Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos en el resumen.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar. * RUC: N° 1900215600-0. * RIT: N° 238-2021. * Fecha: 2 de septiembre de 2022. * Tipo de procedimiento: Juicio Oral.

Hechos acreditados: * Fecha: 25 de febrero de 2019, en horas de la tarde. * Lugar: Interior de la galería Carrusel, ubicada en Avenida Valparaíso, Viña del Mar y Plaza Vergara. * Conductas: (acusado) fue observado vendiendo droga a . El acusado entregó una bolsa plástica transparente con droga a cambio de dinero.

* Se realizó un control de identidad a <redacted-content type="Name">Name</redacted-content>, encontrándose 0,7 gramos netos de cannabis sativa en su poder. * Se realizó un registro a <redacted-content type="Name">Name</redacted-content>, encontrándose en su poder 13,9 gramos netos de cannabis sativa bajo la pretina del pantalón y 1,6 gramos netos de cocaína clorhidrato en cinco bolsas, también bajo la costura del pantalón. Adicionalmente, se le encontró $18.000 en efectivo. * La droga encontrada en poder de <redacted-content type="Name">Name</redacted-content> estaba destinada a la comercialización y/o transferencia a terceros.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Calificación jurídica: Delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes en pe...

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