Penal - Rol O-203-2022

FISCALIA ARICA C/

Abstracto

Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica. * RUC: 2110021238-K * RIT: 203-2022 * Fecha: 5 de octubre de 2022 (sentencia); 26 de septiembre de 2022 (juicio oral); 1 de mayo de 2021 (fecha del delito). * Tipo de procedimiento: Juicio oral por tráfico ilícito de drogas.

Hechos acreditados: * El 1 de mayo de 2021, en horas de la tarde, en la Avenida Diego Portales, a la altura del terminal de buses de Arica, el imputado fue observado por carabineros intercambiando un objeto pequeño por un billete de $1.000 pesos con un sujeto no identificado. * Al ser fiscalizado, arrojó al suelo una bolsa que contenía 12 envoltorios de papel cuadriculado con cocaína base (3.6 gramos brutos, 1 gramo neto, 68% pureza) y una bolsa con cannabis (6.1 gramos brutos, 6 gramos netos). * Se le incautó la suma de $28.000 pesos en dinero fraccionado.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Calificación: Tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades, según el artículo 4° en relación con el artículo 1° de la Ley 20.000. * Pena solicitada por la fiscalía: Dos años de presidio menor en su grado medio, multa de 10 Unidades Tributarias Mensuales, suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de privación de libertad, pago de costas y comiso de la evidencia. * Decisión del tribunal: Absolución del imputado.

Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Edad: 48 años (nacido el 8 de agosto de 1974). * Ocupación: Sin profesión u oficio. * Antecedentes penales: Fue condenado previamente por microtráfico.

Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * El Ministerio Público no identificó circunstancias modificatorias de responsabilidad penal.

Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Argumentó que se demostró la venta de droga a partir del intercambio observado y el hallazgo de la droga y dinero en posesión del imputado, solicitando la condena por microtráfico. * Defensa: Solicitó la absolución, argumentando la ilicitud de la prueba (el indicio para la fiscalización), y subsidiariamente, que la droga encontrada era para consumo personal. Presentó antecedentes sobre el consumo problemático del imputado.

Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * La prueba de cargo fue insuficiente para acreditar, más allá de toda duda razonable, los hechos descritos en la acusación, especialmente la venta de droga. * No se logró corroborar la identidad del comprador ni la naturaleza del objeto intercambiado. * La cantidad de droga encontrada, si bien demostró posesión, podía ser destinada a consumo personal exclusivo. * La declaración del imputado y la prueba pericial apuntaban al consumo problemático como explicación de la posesión.

Disposiciones legales determinantes: * Artículo 4° en relación con el artículo 1° de la Ley 20.000 (tráfico ilícito de drogas). * Artículo 297 del Código Procesal Penal (valoración de la prueba). * Artículo 340 del Código Procesal Penal (presunción de inocencia). * Artículo 85 del Código Procesal Penal (facultades de Carabineros para solicitar identificación). * Artículo 48 del Código Procesal Penal (costas).

Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * No se aplicaron medidas de suspensión, dado que se dictó sentencia absolutoria.

Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica. * RUC: 2110021238-K * RIT: 203-2022 * Fecha: 5 de octubre de 2022 (sentencia); 26 de septiembre de 2022 (juicio oral); 1 de mayo de 2021 (fecha del delito). * Tipo de procedimiento: Juicio oral por tráfico ilícito de drogas.

Hechos acreditados: * El 1 de mayo de 2021, en horas de la tarde, en la Avenida Diego Portales, a la altura del terminal de buses de Arica, el imputado fue observado por carabineros intercambiando un objeto pequeño por un billete de $1.000 pesos con un sujeto no identificado. * Al ser fiscalizado, arrojó al suelo una bolsa que contenía 12 envoltorios de papel cuadriculado con cocaína base (3.6 gramos brutos, 1 gramo neto, 68% pureza) y una bolsa con cannabis (6.1 gramos brutos, 6 gramos netos). * Se le incautó la suma de $28.000 pesos en dinero fraccionado.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Calificación: Tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades, según el artículo 4° en relación con el artículo 1° de la Ley 20.000. * Pena solicitada por la fiscalía: Dos años de presidio menor en su grado medio, multa de 10 Unidades Tributarias ...

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