Penal - Rol O-7685-2020

C/

Abstracto

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de La Serena. * RUC: No especificado. * RIT: No especificado. * Fecha: 11 de enero de 2023. * Tipo de procedimiento: Simplificado.

Hechos acreditados: * El 2 de agosto de 2020, aproximadamente a las 02:45 horas, fue sorprendido en la vía pública (plaza La Paz, comuna de La Higuera) sin el permiso o salvoconducto requerido. * El imputado fue notificado el 1 de agosto de 2020 del inicio de su cuarentena obligatoria por resultado positivo para SARS COVID-19, la cual se extendía desde el 29 de julio de 2020 al 1 de agosto de 2020.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Artículo 318 del Código Penal (en el documento aparece como 38, pero se asume error de transcripción). * Grado: Consumado. * Pena: Multa de un tercio de unidad tributaria mensual (UTM). Esta pena se convirtió en un día de reclusión, ya cumplida por el tiempo de detención preventiva.

Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Eximición del pago de las costas de la causa.

Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Cédula de identidad: . * Nacionalidad: Chileno. * Fecha de nacimiento: 3 de julio de 1998. * Edad: Mayor de edad (al momento de la sentencia). * Ocupación: Ignorada. * Domicilio: . * Antecedentes penales: Ausencia de anotaciones prontuariales.

Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuantes: * Colaboración sustancial en el esclarecimiento de los hechos (artículo 9 del Código Penal), debido a la admisión de responsabilidad. * Irreprochable conducta anterior (artículo 6 del Código Penal), por la ausencia de antecedentes penales. * Agravantes: Ninguna.

Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Solicitó inicialmente una pena de multa de 6 UTM. Reconoció la atenuante de colaboración sustancial, proponiendo una multa de 3 UTM. * Defensa: Reconoció los hechos y la participación del imputado, solicitando la aplicación de las atenuantes. Pidió rebaja de la multa a un tercio de UTM, en subsidio, o su cumplimiento por equivalencia. Además, solicitó la eximición de las costas.

Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El tribunal dio por establecidos los hechos debido al reconocimiento de responsabilidad del imputado. * Aplicó las atenuantes de colaboración sustancial y de irreprochable conducta anterior. * En atención a las atenuantes y a las facultades económicas del imputado, rebajó la multa a un tercio de UTM. * Consideró que la pena impuesta fue cumplida por el tiempo de detención preventiva. * Eximió al imputado del pago de las costas.

Disposiciones legales determinantes (artículos específicos): * Artículo 318 del Código Penal (presumiblemente, el delito imputado). * Artículo 6 del Código Penal (atenuante de irreprochable conducta anterior). * Artículo 9 del Código Penal (atenuante de colaboración sustancial). * Artículo 49 del Código Penal (conversión de la multa en días de reclusión). * Artículo 70 del Código Penal (rebaja de la pena por concurrencia de atenuantes). * Artículo 407 del Código Procesal Penal (aplicado por analogía respecto de la atenuante de colaboración). * Artículo 395 del Código Procesal Penal (pena de multa aplicable). * Artículos 45, 45, 47, 388, 390, 398 y 468 del Código Procesal Penal (mencionados en la sentencia).

Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * No se aplicó suspensión condicional de la pena.

Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de La Serena. * RUC: No especificado. * RIT: No especificado. * Fecha: 11 de enero de 2023. * Tipo de procedimiento: Simplificado.

Hechos acreditados: * El 2 de agosto de 2020, aproximadamente a las 02:45 horas, fue sorprendido en la vía pública (plaza La Paz, comuna de La Higuera) sin el permiso o salvoconducto requerido. * El imputado fue notificado el 1 de agosto de 2020 del inicio de su cuarentena obligatoria por resultado positivo para SARS COVID-19, la cual se extendía desde el 29 de julio de 2020 al 1 de agosto de 2020.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Artículo 318 del Código Penal (en el documento aparece como 38, pero se asume error de transcripción). * Grado: Consumado. * Pena: Multa de un tercio de unidad tributaria mensual (UTM). Esta pena se convirtió en un día de reclusión, ya cumplida por el tiempo de detención preventiva.

Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Eximición del pago de las costas de la causa.

Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Cédula de identidad: . * **Nacion...

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