Penal - Rol O-6661-2022
ANONIMIZADO
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de San Antonio. * RUC: 2200856455-1 * RIT: 6661-2022 * Fecha: 6 de junio de 2023. * Tipo de procedimiento: Procedimiento Abreviado.
• Hechos acreditados: * El 31 de agosto de 2022, alrededor de las 16:18 horas, en calle Condell, frente al número 285, comuna de Cartagena, y se movilizaban en un vehículo Toyota Yaris GLI 1.5 plateado con una placa patente falsa (NUM006) que correspondía a otro vehículo. * Los imputados sabían o debían saber que la placa patente real del vehículo era BLSR-72, que tenía encargo por robo con intimidación del 30 de agosto de 2022. * poseía una pistola de fogueo Blow, modelo F92, calibre 9mm, serie N° NUM007, adaptada para disparar.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * : * Condenado por receptación de vehículos motorizados (art. 456 bis A del Código Penal) y porte de arma prohibida (art. 14 inc. 1° de la Ley de Control de Armas). * Pena por receptación: 2 años de libertad asistida simple. * Pena por porte de arma: 1 año de libertad asistida simple. * : * Condenado por receptación de vehículos motorizados (art. 456 bis A del Código Penal). * Pena: 2 años de libertad asistida simple. * : * Condenado por receptación de vehículos motorizados (art. 456 bis A del Código Penal) y ocultamiento de placa patente (art. 192 letra E de la Ley 18.290). * Pena por receptación: 2 años de libertad asistida simple. * Pena por ocultamiento de placa patente: 60 horas de prestación de servicios en beneficio a la comunidad.
• Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Se otorga a , y libertad asistida simple (RPA). * deberá cumplir 60 horas de prestación de servicios en beneficio de la comunidad. * Los imputados son derivados al SENAME para la ejecución del programa de libertad asistida simple (3 años , 2 años , 1 año ). * Se exime a todos los imputados del pago de costas.
• Antecedentes relevantes del imputado: * No se especifica la edad ni los antecedentes penales de los imputados. Se deduce que son mayores de edad por el tipo de penas impuestas. * Se desconocen sus ocupaciones.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Se consideran las atenuantes del artículo 11 números 6 y 9 del Código Penal.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * No se detallan los argumentos específicos de la fiscalía ni de la defensa. Sin embargo, el hecho de que se haya aplicado un procedimiento abreviado indica que hubo acuerdo entre las partes sobre los hechos y la aplicación de la pena.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El tribunal basó su decisión en la aceptación de los hechos por parte de los imputados y su conformidad con el procedimiento abreviado.
• Disposiciones legales determinantes: * Artículo 456 bis A del Código Penal (receptación de vehículos motorizados). * Artículo 3 y 13 de la Ley de Control de Armas. * Artículo 192 letra E de la Ley 18.290 (ocultamiento de placa patente). * Artículo 11 números 6 y 9 del Código Penal (atenuantes).
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * Se impone la libertad asistida simple. No se especifican condiciones adicionales. El incumplimiento de las condiciones de la libertad asistida simple podría acarrear la revocación de la medida y el cumplimiento de la pena de prisión.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * Los intervinientes renunciaron a los plazos y recursos legales.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de San Antonio. * RUC: 2200856455-1 * RIT: 6661-2022 * Fecha: 6 de junio de 2023. * Tipo de procedimiento: Procedimiento Abreviado.
• Hechos acreditados: * El 31 de agosto de 2022, alrededor de las 16:18 horas, en calle Condell, frente al número 285, comuna de Cartagena, y se movilizaban en un vehículo Toyota Yaris GLI 1.5 plateado con una placa patente falsa (NUM006) que correspondía a otro vehículo. * Los imputados sabían o debían saber que la placa patente real del vehículo era BLSR-72, que tenía encargo por robo con intimidación del 30 de agosto de 2022. * poseía una pistola de fogueo Blow, modelo F92, calibre 9mm, serie N° NUM007, adaptada para disparar.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * : * Condenado por receptación de vehículos motorizados (art. 456 bis A del Código Penal) y porte de arma prohibida (art. 14 inc. 1° de la Ley de Control de Armas). * Pena por receptación: 2 años de libertad asistida simple. * Pena por porte de arma: 1 año de libertad asistida simple. * : * Condenado por recept...
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