Penal - Rol O-74-2021

C/

Abstracto

Se informa sobre el caso de , condenado por estafa en el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Bernardo. Los hechos ocurrieron el 24 de octubre de 2016, cuando el acusado solicitó la transferencia de un vehículo en el Registro Civil presentando una factura falsa. Posteriormente, el 30 de diciembre de 2016, vendió un vehículo clonado a José Demetrio Sandoval Troncoso en Quinta Normal, induciéndolo a error mediante documentos falsos y obteniendo $10.500.000. Se detalla la pena impuesta de tres años de presidio menor en su grado medio, multa de 11 UTM y suspensión de cargo público. Fue absuelto por el uso malicioso de instrumento privado mercantil falso. Se mencionan atenuantes como la ausencia de condenas anteriores. La fiscalía argumentó participación en un ardid para defraudar, mientras que la defensa sugirió que el acusado fue utilizado como "presta firmas". El tribunal basó su decisión en la prueba testimonial y consideró que el delito de falsificación quedaba subsumido en el de estafa. Se concedió la remisión condicional de la pena por tres años.

Resumen

  • Datos básicos del caso:

    • Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Bernardo.
    • RIT: 74-2021.
    • RUC: 1.500.300.668-6.
    • Fecha: 6 de junio de 2023.
    • Tipo de procedimiento: Juicio oral penal.
  • Hechos acreditados:

    • 24 de octubre de 2016: solicitó la transferencia a su nombre del vehículo BJYS-96-3 en el Registro Civil ubicado en el Mall Plaza Sur de San Bernardo. Presentó una factura falsa (N° 01670) emitida por el martillero público , con fecha 18 de octubre de 2016.
    • 30 de diciembre de 2016: vendió a , en Quinta Normal, un vehículo clonado con las mismas características exteriores del vehículo BJYS.93, pero con placas patentes correspondientes. mostró documentos que lo acreditaban como dueño, generando un error en la víctima, quien pagó $10.500.000 en efectivo (equivalente a 227 UTM).
    • El martillero no realizó el remate según el reglamento (Decreto 197, 8 de agosto de 1985, Ministerio de Economía). No hubo convenio con el dueño del vehículo, ni avisos en periódicos, y el acta de remate era manuscrita. La firma del dueño original, , fue falsificada.
  • **Calificación jurídica y pena impues...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora