Penal - Rol O-3186-2022
MP C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de San Fernando. * RUC: 2201281641-7. * RIT: 3186-2022. * Fecha de la sentencia: 5 de septiembre de 2023. * Tipo de procedimiento: Simplificado.
• Hechos acreditados: * El 20 de diciembre de 2022, alrededor de las 15:40 horas, conducía una motocicleta en la acera en San Fernando. * Al ser fiscalizado por Carabineros, presentó documentos de la motocicleta (revisión técnica, emisiones contaminantes, seguro obligatorio, permiso de circulación) que resultaron ser falsos.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Se acusó a por el delito del artículo 192 incisos 2° y 3° de la Ley de Tránsito (Ley 18.290), en grado de consumado, en calidad de autor. * El tribunal resolvió absolver a del delito imputado.
• Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Cédula de identidad: . * Domicilio: . * Se ignora profesión u oficio.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * No se mencionan circunstancias modificatorias de responsabilidad penal por ninguna de las partes.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Sostiene que el imputado es responsable por conducir con documentación falsa, independientemente de si sabía o no la falsedad, ya que es el conductor quien debe verificar la documentación. * Defensa: Argumenta que no se ha probado que el imputado adulterara los documentos ni que tuviera conocimiento de su falsedad. Además, que la motocicleta no era de su propiedad y que confiaba en el dueño del vehículo.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El tribunal considera que no se acreditó que adulterara los documentos (inciso 2° del artículo 192 de la Ley de Tránsito). * Respecto al inciso 3° del artículo 192, el tribunal determina que el sujeto activo del delito es el "responsable de la circulación", y no necesariamente el conductor. En este caso, el dueño de la motocicleta, cuyo nombre aparece en la documentación falsa, era el responsable de la misma. * Si se considerara al conductor como sujeto activo, el tribunal estima que no se probó el dolo (conocimiento de la falsedad) en la conducta del imputado. El tribunal argumenta que no se le puede exigir a un conductor, en una situación puntual, que verifique la autenticidad de los documentos, especialmente cuando el dueño del vehículo está presente.
• Disposiciones legales determinantes: * Artículo 192 incisos 2° y 3° de la Ley 18.290 (Ley de Tránsito). * Artículos 45, 47, 297, 340, 343, 344, 393, 396 del Código Procesal Penal.
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * No aplica, dado que se absolvió al imputado.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de San Fernando. * RUC: 2201281641-7. * RIT: 3186-2022. * Fecha de la sentencia: 5 de septiembre de 2023. * Tipo de procedimiento: Simplificado.
• Hechos acreditados: * El 20 de diciembre de 2022, alrededor de las 15:40 horas, conducía una motocicleta en la acera en San Fernando. * Al ser fiscalizado por Carabineros, presentó documentos de la motocicleta (revisión técnica, emisiones contaminantes, seguro obligatorio, permiso de circulación) que resultaron ser falsos.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Se acusó a por el delito del artículo 192 incisos 2° y 3° de la Ley de Tránsito (Ley 18.290), en grado de consumado, en calidad de autor. * El tribunal resolvió absolver a del delito imputado.
• Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Cédula de identidad: . * Domicilio: . * Se ignora profesión u oficio.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * No se mencionan circunstancias modificatorias de responsabilidad penal por ninguna de las partes.
• **Argumentos principales de la fiscalía y la defensa:...
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