Penal - Rol O-487-2023
MINISTERIO PUBLICO ANTOFAGASTA C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta. * RIT: N° 487-2023. * RUC: N° 2300273978-K. * Fecha de la sentencia: 2 de septiembre de 2023. * Tipo de procedimiento: Juicio oral.
• Hechos acreditados: * Fecha: 9 de marzo de 2023, alrededor de las 19:30 horas. * Lugar: Calle Nicolás González, Antofagasta, y calle Pantaleón Cortés. * Conductas: persiguió a la víctima, , con un cuchillo. En calle Pantaleón Cortés, la víctima cayó al suelo y la agredió con el cuchillo, propinándole diversas estocadas con intención de causarle la muerte. intervino, llevándose a su hijo del lugar. * Resultado: La víctima sufrió lesiones graves: herida penetrante abdominal, hemoperitoneo secundario, lesión de intestino delgado, lesiones de mesenterio, herida dorsal derecha y heridas en el cuero cabelludo. La atención médica oportuna evitó la muerte.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Homicidio simple frustrado, artículo 391 N° 2 del Código Penal. * Pena impuesta a : Cuatro años de presidio menor en su grado máximo. * Pena accesoria: Inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. * Se absuelve a .
• Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Sustitución de la pena privativa de libertad de por Libertad Vigilada Intensiva por 4 años. * Condiciones de la Libertad Vigilada Intensiva: * Presentación en el Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Antofagasta. * Cumplimiento del plan de intervención individual. * Condiciones legales (a, b y c del artículo 17 de la Ley 18.216). * Prohibición de aproximarse a la víctima (letra b) del artículo 17 ter de la Ley 18.216). * Exención del pago de costas para ambos acusados.
• Antecedentes relevantes del imputado: * : * Edad: 21 años (nacido el 31 de julio de 2002). * Ocupación: Jornal. * Estado civil: Soltero. * Antecedentes penales: No registra. * : * Edad: 51 años (nacido el 21 de septiembre de 1972). * Ocupación: Maestro en construcción. * Estado civil: Casado.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuantes: * Artículo 11 N° 6 del Código Penal (irreprochable conducta anterior), para . * Artículo 11 N° 9 del Código Penal (colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos), para . * Agravantes: No se consideraron. * Impacto: Se rebajó la pena a en dos grados (por la frustración y por las atenuantes), quedando la pena final en presidio menor en su grado máximo.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: * Argumentó a favor de la acusación, buscando un veredicto condenatorio. * Solicitó condena de 8 años de presidio mayor en su grado medio, accesorias legales y costas. * Subsidiariamente, solicitó que fuera condenado como cómplice. * Defensa: * Solicitó la absolución de . * Respecto de , reconoció la existencia de antecedentes para condena, pero solicitó la aplicación de circunstancias modificatorias. * Solicitó la sustitución de la pena privativa de libertad por libertad vigilada intensiva para .
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * Acreditación del delito de homicidio simple frustrado en base a la prueba presentada. * Reconocimiento de la participación de como autor del delito. * Insuficiencia de pruebas para acreditar la participación de . * Cumplimiento de los requisitos para la sustitución de la pena por Libertad Vigilada Intensiva por parte de .
• Disposiciones legales determinantes: * Artículo 391 N° 2 del Código Penal (homicidio simple). * Artículo 15 N° 1 del Código Penal (autores). * Artículo 11 N° 6 y 9 del Código Penal (atenuantes). * Artículo 51 del Código Penal (grado de frustración). * Artículo 68 del Código Penal (aplicación de atenuantes y agravantes). * Artículos 15 bis y 15 N°1 y 2 de la Ley 18.216 (requisitos para la libertad vigilada intensiva). * Artículo 16 de la Ley 18.216 (plan de intervención individual). * Artículo 17 de la Ley 18.216 (condiciones de la libertad vigilada intensiva). * Artículo 17 ter de la Ley 18.216 (condiciones especiales de la libertad vigilada intensiva). * Artículo 340 del Código Procesal Penal (absolución). * Artículo 343 del Código Procesal Penal (determinación de la pena). * Artículo 297 del Código Procesal Penal (valoración de la prueba).
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * El cumplimiento de la pena se sustituyó por Libertad Vigilada Intensiva, por 4 años. * Condiciones: presentación al Centro de Reinserción Social, cumplimiento del plan de intervención, condiciones legales (artículo 17 de la Ley 18.216) y prohibición de acercarse a la víctima (artículo 17 ter de la Ley 18.216). * Apercibimiento: orden de detención en caso de incumplimiento de presentarse al Centro de Reinserción Social en el plazo de 5 días desde que la sentencia quede firme. * Abono: se consideraron 174 días de privación de libertad como abono a la pena.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos en el resumen.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta. * RIT: N° 487-2023. * RUC: N° 2300273978-K. * Fecha de la sentencia: 2 de septiembre de 2023. * Tipo de procedimiento: Juicio oral.
• Hechos acreditados: * Fecha: 9 de marzo de 2023, alrededor de las 19:30 horas. * Lugar: Calle Nicolás González, Antofagasta, y calle Pantaleón Cortés. * Conductas: persiguió a la víctima, , con un cuchillo. En calle Pantaleón Cortés, la víctima cayó al suelo y la agredió con el cuchillo, propinándole diversas estocadas con intención de causarle la muerte. intervino, llevándose a su hijo del lugar. * Resultado: La víctima sufrió lesiones graves: herida penetrante abdominal, hemoperitoneo secundario, lesión de intestino delgado, lesiones de mesenterio, herida dorsal derecha y heridas en el cuero cabelludo. La atención médica oportuna evitó la muerte.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Homicidio simple frustrado, artículo 391 N° 2 del Código Penal. * Pena impuesta a : Cuatro años de presidio menor en su grado máximo. * Pena accesoria: Inhabilitación absoluta perpetua para derechos polít...
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