Penal - Rol O-69-2023

ANONIMIZADO

Abstracto

Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Curicó. * RUC: 2200892773-5 * RIT: 69-2023 * Fecha: 5 de septiembre de 2023 * Tipo de procedimiento: Juicio oral.

Hechos acreditados: * El 9 de septiembre de 2022, en la mañana, saltó las rejas de un domicilio en el sector Monterilla de Teno, propiedad de . * Luego, ingresó de la misma forma a otro domicilio en el mismo sector, propiedad de . * Fue sorprendido por vecinos, huyendo del lugar. * Fue retenido por y , a quienes amenazó, indicando que los conocía, los buscaría y los mataría.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Delitos: Dos delitos de violación de morada (artículo 144 inciso 1° del Código Penal) y dos delitos de amenazas no condicionales (artículo 296 N° 3 del Código Penal en relación con el artículo 5° de la ley 20.066). * Penas: * Dos penas de 122 días de reclusión menor en su grado mínimo por los delitos de violación de morada. * Dos penas de 61 días de presidio menor en su grado mínimo por los delitos de amenazas. * Accesorias: Suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de las condenas.

Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: * Edad: 39 años (nacido el NUM001 de 1983) * Estado civil: Soltero * Ocupación: Obrero * Domicilio: , comuna de Teno. * Antecedentes penales: Constan condenas anteriores (según extracto de filiación presentado).

Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuante: Se aplicó la atenuante de colaboración sustancial (artículo 11 N° 9 del Código Penal) por reconocer su participación en los hechos. * Agravantes: Se retiró la agravante de reincidencia específica (artículo 12 N° 16 del Código Penal) por parte del Ministerio Público.

Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Inicialmente acusó por robo en lugar habitado en grado de tentado y amenazas simples, solicitando penas de prisión más accesorias. Recalificó a dos delitos de violación de morada y dos de amenazas, basándose en un acuerdo previo. Solicitó penas específicas, reconociendo la atenuante de colaboración. * Defensa: Se basó en el acuerdo previo, negando el robo y argumentando que se acreditaron dos violaciones de morada y dos amenazas. Solicitó penas menores y la no condena en costas.

Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * Acreditación de los hechos a través de testimonios, videos y la declaración del imputado (aceptación de hechos). * Determinación de la violación de morada por ingreso en contra de la voluntad de los moradores. * Determinación de las amenazas por el anuncio de causar daño a las víctimas. * Concurrencia de la atenuante de colaboración sustancial, por el reconocimiento de responsabilidad.

Disposiciones legales determinantes: * Artículo 144 inciso 1° del Código Penal (violación de morada). * Artículo 296 N° 3 del Código Penal (amenazas simples). * Artículo 15 N° 1 del Código Penal (autoría). * Artículo 11 N° 9 del Código Penal (atenuante de colaboración). * Artículo 297 del Código Procesal Penal (valoración de la prueba). * Artículo 591 y 600 del Código Orgánico de Tribunales (costas). * Artículo 74 del Código Penal (aplicación de las penas).

Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * No se concedieron penas sustitutivas, dado el extracto de filiación del imputado, por lo que deberá cumplir efectivamente las penas impuestas.

Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Curicó. * RUC: 2200892773-5 * RIT: 69-2023 * Fecha: 5 de septiembre de 2023 * Tipo de procedimiento: Juicio oral.

Hechos acreditados: * El 9 de septiembre de 2022, en la mañana, saltó las rejas de un domicilio en el sector Monterilla de Teno, propiedad de . * Luego, ingresó de la misma forma a otro domicilio en el mismo sector, propiedad de . * Fue sorprendido por vecinos, huyendo del lugar. * Fue retenido por y , a quienes amenazó, indicando que los conocía, los buscaría y los mataría.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Delitos: Dos delitos de violación de morada (artículo 144 inciso 1° del Código Penal) y dos delitos de amenazas no condicionales (artículo 296 N° 3 del Código Penal en relación con el artículo 5° de la ley 20.066). * Penas: * Dos penas de 122 días de reclusión menor en su grado mínimo por los delitos de violación de morada. * Dos penas de 61 días de presidio menor en su grado mínimo por los delitos de amenazas. * Accesorias: Suspen...

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