Penal - Rol O-138-2023
ANONIMIZADO
Abstracto
• Datos básicos del caso:
- Tribunal: Tercera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán.
- RIT: 138-2023.
- RUC: 2210050939-7.
- Fecha: 7 de noviembre de 2023.
- Tipo de procedimiento: Juicio oral por delito de desacato.
• Hechos acreditados:
- El 26 de julio de 2022, en causa RIT 1669-2021, fue condenado por desacato y amenazas en contexto de violencia intrafamiliar, imponiéndosele la prohibición de acercarse a y la salida del domicilio compartido.
- El 9 de enero de 2022, cometió el delito de desacato por el cual fue condenado en la causa RIT 1669-2021.
- El 9 de octubre de 2022, a las 08:00 horas, , en estado de ebriedad, ingresó a la casa de , lo que provocó que vecinos llamaran a Carabineros. Fue detenido al interior de la vivienda.
- El mismo día, en audiencia de control de detención (RIT 1678-2022) se decretaron medidas cautelares de la Ley 20.066 (prohibición de acercamiento a ).
- El mismo día, a las 17:00 horas aproximadamente, volvió al domicilio de , en estado de ebriedad, siendo detenido en las inmediaciones.
• Calificación jurídica y pena impuesta:
- Delitos: Dos delitos de desacato (artículo 240 del Código de Procedimiento Civil).
- Pena: Dos penas de 541 días de reclusión menor en su grado medio para cada delito. Suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de las condenas.
• Antecedentes relevantes del imputado:
- Nombre: .
- Edad: 48 años.
- Fecha de nacimiento: NUM001 de 1979.
- Ocupación: Obrero agrícola.
- Antecedentes penales: Múltiples anotaciones previas. Condenado por amenazas simples (RIT 929-2019) y amenazas en VIF y desacato (RIT 1669-2021).
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto:
- Atenuantes: Se reconoce la atenuante del artículo 11 N°9 del Código Penal (colaboración sustancial), por declarar en estrados.
- Agravantes: Se rechaza la agravante del artículo 12 N°14 del Código Penal (cometer el delito cumpliendo condena), ya que se consideraría una vulneración al principio non bis in ídem.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa:
- Fiscalía: Solicitó condena por amenazas simples en contexto de violencia intrafamiliar y dos delitos de desacato, argumentando la acreditación de los hechos con la declaración de la víctima, funcionarios policiales y prueba documental, así como el estado de ebriedad del acusado y su contumacia en el incumplimiento de medidas.
- Defensa: Solicitó la absolución por todos los delitos. Para las amenazas, argumentó falta de corroboración de los dichos y ausencia de seriedad. Para el desacato, alegó falta de dolo o intención, aduciendo encuentros previos consentidos por la víctima y contradicciones probatorias, además de una imputabilidad disminuida.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión:
- Acreditación del delito de desacato basándose en la existencia de resoluciones judiciales que establecían la prohibición de acercamiento, su notificación al acusado y el quebrantamiento de estas medidas (dos veces) por parte del imputado, corroborado con la declaración de la víctima, funcionarios policiales y la propia declaración del acusado.
- Rechazo de la acusación por amenazas, por falta de acreditación de los elementos del tipo penal (amenaza seria y verosímil).
- El dolo del acusado se desprende de su actuación, que demostró el quebrantamiento de las prohibiciones impuestas, actuando bajo los efectos del alcohol.
- Desestimación de la atenuante incompleta (inimputabilidad disminuida) por falta de pruebas científicas que la sustentaran, y porque la conducta y declaración del imputado demuestran que entendía las instrucciones del tribunal.
- El tribunal consideró que la colaboración prestada para el esclarecimiento de los hechos facilitó la prueba al ente persecutor, por lo que fue reconocida la minorante contemplada en el artículo 11 Nº9 del código punitivo.
• Disposiciones legales determinantes:
- Artículo 240 del Código de Procedimiento Civil (delito de desacato).
- Artículo 296 N°3 del Código Penal (amenazas simples).
- Artículo 5 de la Ley 20.066 (definición de violencia intrafamiliar).
- Artículo 9 de la Ley 20.066 (medidas accesorias).
- Artículo 10, 11 N°9, 12 N°14 del Código Penal (circunstancias modificatorias de responsabilidad penal).
- Artículo 74 del Código Penal (concurso de delitos, aplicación de penas separadas).
- Artículo 351 del Código Procesal Penal (reiteración de delitos).
- Artículo 297 del Código Procesal Penal (valoración de la prueba).
- Artículo 340 del Código Procesal Penal (estándar de convicción).
- Artículo 600 del Código Orgánico de Tribunales (costas).
- Ley 18.216 (penas sustitutivas).
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento:
- No se conceden penas sustitutivas al imputado, por no cumplirse los requisitos, debiendo cumplir las penas de forma efectiva.
• Información sobre recursos disponibles o presentados:
- No se menciona información sobre recursos.
Resumen
• Datos básicos del caso:
- Tribunal: Tercera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán.
- RIT: 138-2023.
- RUC: 2210050939-7.
- Fecha: 7 de noviembre de 2023.
- Tipo de procedimiento: Juicio oral por delito de desacato.
• Hechos acreditados:
- El 26 de julio de 2022, en causa RIT 1669-2021, fue condenado por desacato y amenazas en contexto de violencia intrafamiliar, imponiéndosele la prohibición de acercarse a y la salida del domicilio compartido.
- El 9 de enero de 2022, cometió el delito de desacato por el cual fue condenado en la causa RIT 1669-2021.
- El 9 de octubre de 2022, a las 08:00 horas, , en estado de ebriedad, ingresó a...
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