Penal - Rol O-268-2023
VIVIANA ADRIELA TRUJILLO REYES C/ GINO ALDO RAMIREZ GONZALEZ
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal Oral en lo Penal de San Bernardo. * RUC: No especificado en el extracto. * RIT: - * Fecha de la sentencia: 3 de enero de 2024. * Tipo de procedimiento: Juicio oral.
• Hechos acreditados: * Hecho 1 (Vivero Santa Catalina, Buin, 18 de julio de 2022, aprox. 16:15 hrs.): Cristian Andrés Ulloa González, Marvin Enrique Watths Quinteros y Jimmy Rigoberto Nelidow Cartes ingresaron al vivero portando armas, intimidaron a José Rafael Pérez Bustos, sustrayendo dos celulares Samsung, un notebook Packard Bell y $150.000 en efectivo. * Hecho 2 (Camino Los Tilos, Calera de Tango, 18 de julio de 2022, aprox. 16:30 hrs.): Cristian Andrés Ulloa González, Gino Aldo Ramírez González, Marvin Enrique Watths Quinteros y Jimmy Rigoberto Nelidow Cartes intentaron robar el vehículo de Jorge Darío Toro Álvarez, intimidándolo con armas de fuego, pero no lograron su cometido. * Tras los hechos, los cuatro acusados fueron detenidos en el vehículo Hyundai Tucson blanco. Se incautaron armas y especies robadas.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * La fiscalía acusó a Gino Aldo Ramírez González por dos delitos de robo con intimidación (artículo 436 del Código Penal). * La fiscalía solicitó una pena de quince años y un día de presidio mayor en su grado máximo, más penas accesorias y el pago de costas. * El tribunal absuelve a Gino Aldo Ramírez González de ambos cargos.
• Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: Gino Aldo Ramírez González. * Cédula de identidad: 9-. * Nacionalidad: Venezolano. * Edad: No especificada en el extracto. * Ocupación: Empleado. * Estudios: Universitarios completos en Ciencias Políticas. * Domicilio: Parque Central Poniente N°7, ciudad Satélite, Maipú. * Antecedentes penales: No se mencionan en el resumen.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Se menciona que la fiscalía consideró la irreprochable conducta anterior del imputado (artículo 69 del Código Penal), aunque no especifica su impacto en la solicitud de pena. * No se identifican agravantes en el resumen.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: * Argumentó que, aunque las víctimas no reconocieron al imputado, este conducía el vehículo, el cual fue el medio para cometer los robos y que existía concierto previo. * Presentó pruebas de las declaraciones de las víctimas y carabineros, imágenes de cámaras de seguridad y prueba material para acreditar la participación del imputado. * Defensa: * Argumentó que el imputado era un chofer de Uber que fue contratado para un servicio de transporte y no tenía conocimiento de los robos, ni participó en ellos. * Presentó un contrato de arriendo del vehículo y la declaración del imputado. * Solicitó la absolución del imputado.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El tribunal no encontró pruebas suficientes para acreditar, más allá de toda duda razonable, la participación del acusado en los delitos. * No se pudo establecer el concierto de voluntades entre el imputado y los coimputados, que el tribunal consideró necesario para acreditar el dolo. * Se consideró que la explicación del imputado sobre su participación (ser chofer de Uber) era plausible. * Se valoró el contrato de arriendo del vehículo, corroborando su versión. * El tribunal consideró que no se demostró que los celulares incautados al imputado fueran los robados. * El tribunal descartó que la falta de patente del vehículo fuera evidencia suficiente para probar la participación del imputado.
• Disposiciones legales determinantes (artículos específicos): * Artículo 436 del Código Penal (Robo con intimidación). * Artículo 69 del Código Penal (Irreprochable conducta anterior). * Artículo 8 del Código Procesal Penal (Costas). * Artículo 340 del Código Procesal Penal (Estándar probatorio: Más allá de toda duda razonable).
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * No se menciona suspensión condicional de la pena, dado que el imputado fue absuelto.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal Oral en lo Penal de San Bernardo. * RUC: No especificado en el extracto. * RIT: - * Fecha de la sentencia: 3 de enero de 2024. * Tipo de procedimiento: Juicio oral.
• Hechos acreditados: * Hecho 1 (Vivero Santa Catalina, Buin, 18 de julio de 2022, aprox. 16:15 hrs.): Cristian Andrés Ulloa González, Marvin Enrique Watths Quinteros y Jimmy Rigoberto Nelidow Cartes ingresaron al vivero portando armas, intimidaron a José Rafael Pérez Bustos, sustrayendo dos celulares Samsung, un notebook Packard Bell y $150.000 en efectivo. * Hecho 2 (Camino Los Tilos, Calera de Tango, 18 de julio de 2022, aprox. 16:30 hrs.): Cristian Andrés Ulloa González, Gino Aldo Ramírez González, Marvin Enrique Watths Quinteros y Jimmy Rigoberto Nelidow Cartes intentaron robar el vehículo de Jorge Darío Toro Álvarez, intimidándolo con armas de fuego, pero no lograron su cometido. * Tras los hechos, los cuatro acusados fueron detenidos en el vehículo Hyundai Tucson blanco. Se incautaron armas y especies robadas.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * La fiscalía acusó a Gino Aldo Ramírez González por dos delitos de robo con intimidación (artículo 436 del Código Penal). * La fiscalía...
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