Penal - Rol O-162-2022

C/

Abstracto

Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Cauquenes, Sala Única. * RIT: 1000-2019 * RUC: 1900756340-2, 2100927985-4 * Fecha: 2 de febrero de 2024 (sentencia), 29 de enero de 2024 (audiencia). * Tipo de procedimiento: Juicio oral por delito de desacato.

Hechos acreditados: * El 28 de julio de 2021, se impuso a , mediante suspensión condicional del procedimiento, la prohibición de acercarse a su cónyuge, (artículo 238 letra b del Código Procesal Penal en relación con el artículo 9 letra b de la Ley 20.066). * La sentencia no acredita el incumplimiento de esta condición el 9 de octubre de 2021 en la feria libre de Cauquenes, en calle Balmaceda, como acusó la fiscalía.

Calificación jurídica y pena impuesta: * La fiscalía acusó a por el delito consumado de desacato (artículo 240 inciso segundo del Código de Procedimiento Civil, en relación con los artículos 9 y 10 de la Ley 20.066). * La fiscalía solicitó una pena de 5 años de presidio menor en su grado máximo, prohibición de acercarse a la víctima por un año, y costas. * El tribunal absolvió al acusado del delito de desacato.

Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Edad: 70 años (nacido el 30 de octubre de 1953). * Estado civil: Divorciado. * Educación: Cuarto medio rendido. * Ocupación: Funcionario público municipal. * Domicilio: Fundo Totoral, sector Los Llanos s/n, Lote 5, Tres Esquinas, Cauquenes. * Antecedentes penales: El imputado declaró no tener antecedentes penales. Sí reconoció una condena por pegarle a la víctima ().

Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * No se mencionan atenuantes ni agravantes en la sentencia, dado que el acusado fue absuelto.

Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Argumentó que el acusado incumplió la prohibición de acercarse a su cónyuge, constituyendo el delito de desacato. Presentó testimonios y documentos para acreditar los hechos y la vigencia de la prohibición. * Defensa: Argumentó, principalmente, que una suspensión condicional del procedimiento no tiene entidad suficiente para constituir delito de desacato. Subsidiariamente, cuestionó la existencia de los hechos, argumentando falta de corroboración y la credibilidad del testimonio de la víctima.

Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El tribunal consideró que no se logró acreditar, más allá de toda duda razonable, el incumplimiento de la prohibición de acercamiento por parte del acusado el 9 de octubre de 2021. * El tribunal basó su decisión en la falta de corroboración del testimonio de la víctima con otros medios de prueba que acreditaran el contexto y las circunstancias del supuesto incumplimiento. * Se destacó la ausencia de denuncia formal del supuesto incumplimiento, a pesar de la gravedad del delito. * Se valoró la duda razonable generada por la falta de pruebas que confirmaran la versión de la víctima.

Disposiciones legales determinantes: * Artículo 240 inciso segundo del Código de Procedimiento Civil. * Artículos 9 y 10 de la Ley 20.066. * Artículo 238 letra b del Código Procesal Penal. * Artículos 1, 3, 5, 7, 14 y 15 del Código Penal. * Artículos 1, 4, 36, 45, 48, 295, 296, 297, 339, 340, 342, 343, 344, 346 y 347 del Código Procesal Penal.

Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * La condición impuesta fue la prohibición de acercarse a la víctima (). * El tribunal no se pronunció sobre las consecuencias del incumplimiento, ya que no se acreditó el desacato.

Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos en la sentencia.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Cauquenes, Sala Única. * RIT: 1000-2019 * RUC: 1900756340-2, 2100927985-4 * Fecha: 2 de febrero de 2024 (sentencia), 29 de enero de 2024 (audiencia). * Tipo de procedimiento: Juicio oral por delito de desacato.

Hechos acreditados: * El 28 de julio de 2021, se impuso a , mediante suspensión condicional del procedimiento, la prohibición de acercarse a su cónyuge, (artículo 238 letra b del Código Procesal Penal en relación con el artículo 9 letra b de la Ley 20.066). * La sentencia no acredita el incumplimiento de esta condición el 9 de octubre de 2021 en la feria libre de Cauquenes, en calle Balmaceda, como acusó la fiscalía.

Calificación jurídica y pena impuesta: * La fiscalía acusó a por el delito consumado de desacato (artículo 240 inciso segundo del Código de Procedimiento Civil, en relación con los artículos 9 y 10 de la Ley 20.066). * La fiscalía solicitó una pena de 5 años de presidio menor en su grado máximo, prohibición de acercarse a la víctima por un año, y costas. * El tribunal absolvió al acusado del delito de desacato.

• **Antecedentes relevantes ...

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