Penal - Rol O-201-2023
ANONIMIZADO
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán, Primera Sala. * RIT: 201-2023 * RUC: 1700210033-9 * Fecha: 5 de enero de 2024 * Tipo de procedimiento: Juicio oral.
• Hechos acreditados: * Fecha: 1 de marzo de 2017. * Lugar: Comuna de Tucapel, localidad de Huepil. * Conductas: * llamó a (la víctima) con engaños para que fuera a la frutería, donde estaban también y . * Con el pretexto de ver un auto en Cholguán, subieron a al vehículo (patente NUM009). * Se desviaron a un camino secundario (La Piedra). * detuvo el vehículo y puso un cable en el cuello de . * lo amenazó con un cuchillo y le ordenó desnudarse. * golpeó a con un palo. * roció ají en los genitales de , y posiblemente introdujo sus dedos en el ano. * Lo subieron al vehículo, lo pasearon desnudo y amarrado en Cholguán y luego se dirigieron a la Tenencia de Huépil, donde entregaron a a Carabineros. * Resultado de los hechos: sufrió lesiones menos graves, que debieron evolucionar entre 18 y 22 días.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delitos: * Secuestro, artículo 141 inciso 1 del Código Penal. * Lesiones menos graves, artículo 399 del Código Penal. * Penas: * 3 años de presidio menor en su grado medio, para cada acusado (secuestro). * 60 días de prisión en su grado máximo, para cada acusado (lesiones menos graves). * Penas accesorias: Suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena.
• Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Libertad Vigilada Intensiva. * Abono de 538 días () y 434,6 días ( y ) de arresto domiciliario nocturno a las penas impuestas. * Exención de costas.
• Antecedentes relevantes del imputado: * : Nacida el NUM001 de 1973, 50 años de edad, divorciada, cosmetóloga. * : Nacida el NUM003 de 1968, 56 años de edad, casada, estilista. * : Nacido el NUM005 de 1970, 53 años de edad, casado, comerciante. * Antecedentes penales: , y no tenían anotaciones prontuariales.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuantes: * Artículo 11 Nro. 6 del Código Penal (carecer de antecedentes penales). * Artículo 11 Nro. 9 del Código Penal (colaboración sustancial en el esclarecimiento de los hechos). * Agravantes: No se aplicaron. * Impacto: Se rebajaron las penas en un grado por las dos atenuantes.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: * Solicitó condena por secuestro, lesiones graves y abuso sexual agravado. * Consideró las atenuantes de colaboración (artículo 11 Nro. 9) para y . * En la clausura reitera solicitud de condena. * Querellante: * Solicitó condena por abuso sexual agravado, lesiones graves, secuestro y amenazas. * Pide pena mayor para los acusados. * Defensa y : * Argumenta que los hechos fueron producto de arrebato y obcecación, pues buscaron poner a a disposición de la justicia. * Pide que se califiquen los hechos como aprehensión para poner a disposición de la autoridad y que se rebajen las penas en dos grados. * Niega el abuso sexual. * Defensa : * Solicita aplicar atenuantes y que se consideren los hechos como abuso sexual simple.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * La prueba testimonial, pericial y documental acreditó la existencia del delito de secuestro y lesiones menos graves. * La absolución por abuso sexual agravado, se basó en la insuficiencia probatoria para demostrar la existencia del delito. * Las lesiones fueron calificadas de menos graves. * No se acogieron las atenuantes del artículo 11 N°4, 5 y 10 del Código Penal.
• Disposiciones legales determinantes (artículos específicos): * Artículo 141 inciso 1° del Código Penal (secuestro). * Artículo 399 del Código Penal (lesiones menos graves). * Artículo 67 del Código Penal (rebaja de penas por aplicación de atenuantes). * Artículo 15 bis de la Ley 18.216 (Libertad Vigilada Intensiva). * Artículo 11 N°6 y 9 del Código Penal (atenuantes de carecer de antecedentes penales y de colaboración sustancial en el esclarecimiento de los hechos).
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * Libertad Vigilada Intensiva, sujeta al cumplimiento de un programa de actividades orientado a la reinserción social. * Prohibición de acercarse a la víctima, o a sus familiares u otras personas que determine el tribunal, o de comunicarse con ellos. * Obligación de mantenerse en el domicilio o lugar que determine el juez, durante un lapso máximo de ocho horas diarias. * Obligación de cumplir programas formativos, laborales, culturales, de educación vial, sexual, de tratamiento de la violencia u otros similares. * En caso de revocación de la pena sustitutiva, se cumplirán las penas privativas de libertad originalmente impuestas.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos presentados en el documento.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán, Primera Sala. * RIT: 201-2023 * RUC: 1700210033-9 * Fecha: 5 de enero de 2024 * Tipo de procedimiento: Juicio oral.
• Hechos acreditados: * Fecha: 1 de marzo de 2017. * Lugar: Comuna de Tucapel, localidad de Huepil. * Conductas: * llamó a (la víctima) con engaños para que fuera a la frutería, donde estaban también y . * Con el pretexto de ver un auto en Cholguán, subieron a al vehículo (patente NUM009). * Se desviaron a un camino secundario (La Piedra). * detuvo el vehículo y puso un cable en el cuello de . * lo amenazó con un cuchillo y le ordenó desnudarse. * golpeó a con un palo. * roció ají en los genitales de , y posiblemente introdujo sus dedos en el ano. * Lo subieron al vehículo, lo pasearon desnudo y amarrado en Cholguán y luego se dirigieron a la Tenencia...
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